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Apueban el proyecto denominado Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19

Apueban el proyecto denominado “Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19”

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000055-2020-P-CE-PJ

Lima, 17 de abril del 2020

CONSIDERANDO:

Primero. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, establece que el Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos disponen la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas Nros. 115, 117 y 118-2020-CE-PJ dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos hasta el 26 de abril de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051 y 064-2020-PCM; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Asimismo, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia a nivel nacional.

Tercero. Que es necesario asegurar un trabajo judicial sin interrupciones en la Corte Suprema de Justicia de la Republica y en el resto de las Cortes Superiores de Justicia nivel nacional, hasta que la situación social y sanitaria del país se normalice; para ello se hace necesario lograr que los procesos judiciales tramitados físicamente, es decir en soporte papel (procesos no-EJE), se digitalicen para su oportuno trabajo virtual. Lo que se aplicará, inicialmente, en la Corte Suprema de Justicia de la República, respecto de aquellos procesos que se encuentran pendientes de calificación del recurso o de realización de vistas de fondo; y seguirá de modo progresivo en el resto del país.

Cuarto. Que, ante ese escenario y en una primera fase, el señor Consejero Héctor Enrique Lama More en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, propone la metodología de trabajo denominada “Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19”, que permita la continuidad del trabajo de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, incluyendo las consideraciones y normativas dispuestas, de tal manera que se preserve la salud y seguridad de los trabajadores y magistrados que la conforman, minimizando los riesgos que conlleva su traslado hacia los ambientes y la aglomeración de personal.

Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial, funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno,

RESUELVE

Artículo Primero.- Aprobar el proyecto denominado “Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19”; que en anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial; y la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República (Área de Informática e Innovación Judicial), presten el apoyo técnico y logístico para la adecuada implementación del proyecto aprobado.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial; y a la Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1865643-6