Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Amplían la relación de jueces para el retiro de expedientes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla

Amplían la relación de jueces para el retiro de expedientes judiciales de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla

Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000120-2020-P-CSJPPV-PJ

Ventanilla, 15 de abril de 2020

VISTO: Resolución Corrida Nº 4-2020-CE-PJ, Resolución Administrativa Nº 118-2020-P-CSJPPV-PJ, Resolución Administrativa Nº 119-2020-P-CSJPPV-PJ, Informe Nº 4-2020-SG-P-CSJPPV-PJ.

CONSIDERANDO:

Primero. Mediante la Resolución Corrida Nº 4-2020-CE-PJ, de fecha 11 de abril de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso autorizar a los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no integran órganos jurisdiccionales de emergencia, para que durante el periodo del Estado de Emergencia Nacional y en forma personal puedan retirar los expedientes de sus respectivos despachos, con la finalidad de avanzar el trabajo desde sus domicilios.

Para tal efecto, se dispuso que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia establezcan la relación de jueces, día y hora para que concurran a las sedes judiciales, a fin de evitar congestión en los desplazamientos y, en consecuencia, expidan la autorizar correspondiente.

Segundo. Bajo ese marco normativo, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia mediante la Resolución Administrativa Nº 118-2020-P-CSJPPV-PJ, de fecha 12 de abril de 2020, dispuso que todos los magistrados de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla comuniquen, en el plazo de dos días, a la Presidencia, a través del correo electrónico presidencia_csjv@pj.gob.pe, la fecha y hora en la que se constituirán a las instalaciones de la Corte con la finalidad de retirar los expedientes de sus respectivos despachos. Ello, con el objeto de establecer un cronograma y evitar la congestión en los desplazamientos.

Tercero.- Posteriormente, mediante la Resolución Administrativa Nº 119-2020-P-CSJPPV-PJ, de fecha 15 de abril de 2020, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia aprobó la Relación de Jueces para el Retiro de Expedientes Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla; y, en consecuencia, autorizó su desplazamiento a fin de que concurran a las instalaciones de esta Corte Superior de Justicia con dicha finalidad. No obstante, mediante Informe Nº 4-2020-SG-P-CSJPPV-PJ, la Secretaría General de esta Corte Superior de Justicia informó que en la fecha, adicionalmente, cuatro magistrados solicitaron su habilitación para concurrir a su respectiva sede laboral, a fin de retirar determinados expedientes de sus despachos.

Cuarto.- Dicho esto, teniendo en cuenta que no existe impedimento para aprobar la solicitud presentada por los referidos magistrados, dado que es voluntaria su concurrencia; y, siendo el Presidente de la Corte Superior de Justicia el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna en este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente, conforme lo establece la Resolución Corrida Nº 4-2020-CE-PJ.

Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla;

RESUELVE:

Artículo Primero.- AMPLIAR la RELACIÓN DE JUECES PARA EL RETIRO DE EXPEDIENTES JUDICIALES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA, debiendo incluirse la relación que a continuación se detalla; en consecuencia, se autoriza su desplazamiento, a fin de que concurran a las instalaciones de esta Corte Superior de Justicia, con dicha finalidad.

RELACIÓN DE JUECES PARA EL RETIRO DE EXPEDIENTES JUDICIALES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA

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MAGISTRADO

FECHA

HORA

DESTINO

DIRECCIÓN

1

KATHERINE LA ROSA CASTILLO

17.04.2020

11:00

SEDE JUZGADOS DE FAMILIA DE VENTANILLA Y MI PERÚ

CALLE 3, MZ. V5, LOTE 15, URB. CIUDAD SATÉLITE (REFERENCIA UGEL DE VENTANILLA)

2

RUT MARIA MORENO VILLA

16.04.2020

10:30

SEDE LICENCIADOS-NCPP

AV. NÉSTOR GAMBETA MZ. K5 LT. 1 URB. LOS LICENCIADOSVENTANILLA

3

LUIS HUMBERTO CASTILLA MALCA

17.04.2020

11:00

SEDE ANCON

CALLE RÍMAC N° 342, DISTRITO DE ANCÓN (FRENTE AL MERCADO DE ANCÓN)

4

CLARA CELINDA MOSQUERA VASQUEZ

21.04.2020

6:00

SEDE ANCON

CALLE RÍMAC N° 342, DISTRITO DE ANCÓN (FRENTE AL MERCADO DE ANCÓN)

Artículo Segundo.- REITERAR, a los magistrados mencionados en la relación precedente, la vigencia de lo dispuesto en los artículos segundo y cuarto de la Resolución Administrativa Nº 119-2020-P-CSJPPV-PJ.

Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ministerio del Interior, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Puente Piedra-Ventanilla, de los Señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, de la Administración Distrital, de la Oficina de Imagen Institucional y de la Oficina de Personal, para los fines pertinentes

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Christian Arturo Hernández Alarcón

Presidente

Corte Superior de Justicia de Puente Piedra -Ventanilla

1865617-2