Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y reconforman el Colegiado de la Sala Mixta de emergencia
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000154-2020-P-CSJLI-PJ
Lima, 12 de abril de 2020
VISTO:
El Decreto Supremo N° 064-2020-PCM y la Resolución Administrativa N° 000118-2020-CE-PJ; y,
CONSIDERANDO:
1. El Poder Ejecutivo a través del Decreto Supremo N° 064-2020-PCM prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo N° 044-2020PCM y ampliado temporalmente mediante el Decreto Supremo N° 051-2020-PCM y precisado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM Nº 046-2020-PCM, N° 0512020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, y N° 061-2020-PCM y Nº 063-2020-PCM, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 13 de abril de 2020 hasta el 26 de abril del 2020.
2. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000118-2020-CE-PJ del 11 de abril de 2020, prorrogó la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos, por el término de 14 días calendario, a partir del 13 hasta el 26 de abril de 2020; en concordancia con el Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, así como las medidas administrativas establecidas por Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, y en los Acuerdos Nros. 480 y 481-2020 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Asimismo, dispuso lo siguiente:
a) Recomendar a los señores Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, a disponer la alternancia en la designación de jueces (penales, de familia u otra especialidad según las necesidades, en el caso de los Distritos Judiciales); así como del personal auxiliar, que conforman los órganos jurisdiccionales de emergencia.
b) Reiterar que los jueces y personal auxiliar que se designe en los órganos jurisdiccionales de emergencia no deben pertenecer a la población vulnerable.
c) Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país exhorten a los jueces de la especialidad penal, para que en todos aquellos casos en los que tengan la competencia y posibilidad, revisen, incluso de oficio, la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad, que estén bajo su competencia, a fin de evaluar modificaciones en su condición jurídica. Asimismo, emitan las medidas que sean pertinentes, para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales designados.
3. En virtud de lo expuesto, corresponde a esta Presidencia de Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y, encargada de la política interna de su Distrito Judicial, disponer las medidas urgentes, con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prorrogar el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuestos mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000140 y 000147-2020-P-CSJLI-PJ, durante la prórroga del periodo de emergencia nacional dispuesto por el Decreto Supremo N° 064-2020-PCM.
Artículo 2.- Reconformar el Colegiado de la Sala Mixta de emergencia, el cual quedará a partir del 13 de abril de 2020 en la forma siguiente:
1. Victoria Teresa Montoya Peraldo (Pdta.)
2. Néstor Fernando Paredes Flores (T)
3. Segismundo Israel León Velasco (T)
Artículo 3.- Póngase en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital; la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima, a la Dirección Nacional de Investigación Criminal y a la VII Región de la Policía Nacional del Perú.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA
Presidente
1865536-1