Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019
Resolución Directoral
N° 008-2020-PRODUCE-PNIPA-DE
Lima, 18 de marzo de 2020
VISTO;
El Informe N° 021-2020-PRODUCE-PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto, Informe N° 014-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP, emitido por la Unidad de Innovación en Acuicultura y la Unidad de Innovación en Pesca, que remite la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura - Concursos 2017-2018 y 2018-2019, y el Informe Legal N° 014-2020-PRODUCE-PNIPA/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO;
Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016-EF, de fecha 31 de diciembre de 2016, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento – en adelante BIRF, por la suma de USD 40 millones, destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura – en adelante el PNIPA;
Que, la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, firmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por la suma de USD 40 millones, destinada a financiar parcialmente el PNIPA;
Que, el Ministerio de la Producción con fecha 5 de mayo de 2017, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para financiar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;
Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación específicamente al financiamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Beneficiario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Beneficiario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (b) Asegurarse de que cada Acuerdo de Subproyecto se elabore con base en el modelo de formulario aprobado por el Banco e incluido en el Manual de Operaciones, donde el Prestatario, a través de PRODUCE: (…) (ii) exigir a cada Beneficiario que lleve a cabo el Subproyecto pertinente con la debida diligencia y eficiencia y según las normas y prácticas técnicas, económicas, de acuicultura, pesqueras, ambientales y sociales adecuadas y satisfactorias para el Banco, incluso de conformidad con las disposiciones de las Directrices anticorrupción (aplicables a los destinatarios de los préstamos que no sean el Prestatario), (…) (iii) proporcionar, rápidamente cuando sea necesario, los recursos requeridos para ejecutar el Subproyecto; (iv) adquirir los bienes, los servicios no relacionados con Consultoría y los servicios de consultores que se financiarán con los Fondos del Subproyecto, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo; (…)”;
Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación;
Que, en la precitada norma se autoriza que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano. La facultad para la aprobación de las subvenciones a que se refiere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa Nacional, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del respectivo Programa;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, publicada en fecha 18 de enero de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, entre otros, se delegó en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación.
Que, a través del Informe N° 021-2020-PRODUCE-PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto, se ha establecido la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura respectivamente. Asimismo, señala que ha verificado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados para las entidades privadas que ejecutan subproyectos adjudicados en el marco del indicado Concurso, validando los desembolsos, detallando el monto total y por fuente de financiamiento que debe aplicarse en los desembolsos señalados en los cuadros que forman parte de los Anexos 1 y 2 de la presente resolución;
Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo”, prevé que el PNIPA debe informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial, Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones
Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019 en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura, respectivamente, señaladas en los cuadros de los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 1´187,191.38 (Un millón ciento ochenta y siete mil ciento noventa y uno con 38/100 soles), correspondiendo el monto de S/ 466,353.14 (Cuatrocientos sesenta y seis mil trescientos cincuenta y tres con 14/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), y el monto de S/ 720,838.24 (Setecientos veinte mil ochocientos treinta y ocho con 24/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo 2.- Financiamiento
Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y de Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos
Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo
Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, Oficinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Asimismo disponer a la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo” deben elaborar la información para cumplir con informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas.
Artículo 5.- Acciones Administrativas
La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Asimismo, disponer a la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los beneficiarios de las subvenciones otorgadas por el Programa, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional.
Artículo 6.- Notificación
Notificar la presente resolución a las Unidades y Oficinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.1
ROSMARY CORNEJO VALVIDIA
Directora Ejecutiva (e) del Programa Nacional de
Innovación en Pesca y Acuicultura
1 La presente Resolución Directoral se publica en modo virtual en el Portal Institucional del Programa (www.pnipa.gob.pe), en atención al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, mediante el cual, declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; por lo que, una vez que se levante el régimen de excepción, esta Resolución será reemplazada con la firma, vistos y con los sellos respectivos.
ANEXO 1 DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL 008-2020-PRODUCE-PNIPA-DE |
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DESEMBOLSOS A SUBPROYECTOS POR PROYECTO Y META PRESUPUESTAL (soles) CONCURSO 2017-2018 PROYECTO: 2305398 PROYECTO NACIONAL DE INNOVACION EN PESCA CATEGORÍA: FOMENTO E INCENTIVO A LA INVESTIGACION ADAPTATIVA EN PESCA |
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CCP |
179 |
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N° |
Código de Subproyecto |
Contrato |
Titulo Subproyecto |
Entidad Ejecutora |
OMR |
RUC |
Monto Desembolso (soles) |
RDR (50%) |
ROOC (50%) |
Total |
1 |
PNIPA-PES-SIA-PP-000006 |
257-2018 |
MEJORA DE PROCESO Y ESTANDARIZACIÓN DE LA CALIDAD DE PESCADO AHUMADO A PARTIR DE ESPECIES AMAZÓNICAS, ELABORADO POR LA COOPERATIVA AGRARIA KAMPU PIYAWI LTDA. PARA SU COMERCIALIZACIÓN EN LA PROVINCIA DE SAN MARTÍN |
COOPERATIVA AGRARIA KAMPU PIYAWI LTDA |
OMR II |
20450388662 |
13,900.00 |
6,950.00 |
6,950.00 |
13,900.00 |
TOTAL |
13,900.00 |
6,950.00 |
6,950.00 |
13,900.00 |
||||||
TOTAL PESCA |
13,900.00 |
6,950.00 |
6,950.00 |
13,900.00 |
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PROYECTO: 2302313 PROYECTO NACIONAL DE INNOVACION EN ACUICULTURA |
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CATEGORÍA: FOMENTO E INCENTIVO DEL SERVICIO DE EXTENSION EN ACUICULTURA |
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CCP |
124 |
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N° |
Código de Subproyecto |
Contrato |
Titulo Subproyecto |
Entidad Ejecutora |
OMR |
RUC |
Monto Desembolso (soles) |
RDR (40%) |
ROOC (60%) |
Total |
1 |
PNIPA-ACU-SEREX-PP-000004 |
043-2018 |
IMPLEMENTACIÓN DE POLICULTIVO DE "TILAPIA" OREOCHROMIS NILOTICUS Y DE “CAMARÓN GIGANTE DE MALASIA” MACROBRACHIUM ROSENBERGII DESARROLLANDO SOSTENIBILIDAD, Y COMPETITIVIDAD EN LA ASOCIACIÓN APROECO, UBICADA EN LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO DEL RVS LAQUIPAMPA, DISTRITO INCAHUASI. |
ASOC. PRODUCTORES ECOLOGICOS PARA LA CONSERVACIÓN DEL REFUGIO DE VIDA SILV LAQUIPAMPA USUAR DEL CANAL DE REGADIO CARACUCHO |
OMR I |
20600909259 |
29,230.90 |
11,692.36 |
17,538.54 |
29,230.90 |
2 |
PNIPA-ACU-SEREX-PP-000123 |
229-2018 |
ASISTENCIA TÉCNICA EN EL PROCESAMIENTO / TRANSFORMACIÓN, DESARROLLO DE NUEVOS PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DEL CULTIVO DE TILAPIA (Oreochromis niloticus) EN TARAPOTO, REGIÓN SAN MARTÍN. |
ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS AGROEXPORTADORES DE LA SELVA |
OMR II |
20602208941 |
40,110.00 |
16,044.00 |
24,066.00 |
40,110.00 |
TOTAL |
69,340.90 |
27,736.36 |
41,604.54 |
69,340.90 |
||||||
CATEGORÍA: FOMENTO E INCENTIVO A LA INVESTIGACION ADAPTATIVA EN ACUICULTURA |
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CCP |
123 |
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N° |
Código de Subproyecto |
Contrato |
Titulo Subproyecto |
Entidad Ejecutora |
OMR |
RUC |
Monto Desembolso (soles) |
RDR (40%) |
ROOC (60%) |
Total |
1 |
PNIPA-ACU-SIA-PP-000046 |
216-2018 |
CRIANZA SÚPERINTENSIVA BAJO SISTEMA RAS DE LA ESPECIE NATIVA EN RIESGO DE EXTINCIÓN LIFE PARA RECUPERAR LA BIOMASA REGIONAL Y GENERAR UNA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA Y SUSTENTABLE EN EL DISTRITO DE LAMBAYEQUE |
AGRO BAYE E.I.R.L. |
OMR I |
20561120499 |
93,160.50 |
37,264.20 |
55,896.30 |
93,160.50 |
2 |
PNIPA-ACU-SIA-PP-000044 |
161-2018 |
CULTIVO DE CAMARÓN DE AGUA DULCE (MACROBRACHIUM ROSENBERGII) MEDIANTE LA ADAPTACIÓN DE UN SISTEMA SUPERINTENSIVO BIOFLOC CON RENOVACIÓN DE AGUA EN TANQUES EXPERIMENTALES EN EL DISTRITO DE MOTUPE |
AGRO BAYE EIRL |
OMR I |
20561120499 |
130,715.48 |
52,286.19 |
78,429.29 |
130,715.48 |
ELABORACIÓN: UPP-PNIPA
FUENTE: Informe N° 014-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP (17.03.2020)
1865546-1