Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Reconocen y felicitan a magistrados y personal jurisdiccional y administrativo por su ardua labor para garantizar la administración de justicia durante el aislamiento social

Reconocen y felicitan a magistrados y personal jurisdiccional y administrativo por su ardua labor para garantizar la administración de justicia durante el aislamiento social

Corte Superior de Justicia de

Puente Piedra - Ventanilla

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000114-2020-P-CSJPPV-PJ

Ventanilla, 6 de abril de 2020

VISTO: Los acuerdos adoptados en la sesión extraordinaria de Sala Plena de fecha 3 de abril de 2020.

CONSIDERANDO:

Primero. Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, el Presidente de la República declaró, por el término de quince (15) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.

Segundo. Mediante la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2020, en aras de garantizar un óptimo servicio de administración de justicia y, a su vez, preservar la salud y el bienestar de los señores jueces, funcionarios y personal auxiliar, el Consejo Ejecutivo estableció que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país designaran los órganos de jurisdiccionales y administrativos indispensables en el periodo de emergencia.

Tercero. En ese sentido, mediante la Resolución Administrativa N° 107-2020-P-CSJPPV-PJ, de fecha 16 de marzo de 2020, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla estableció los órganos jurisdiccionales y administrativos de emergencia en este Distrito Judicial que entraron en funcionamiento a partir del 16 de marzo de 2020.

Cuarto. Posteriormente, con la finalidad de acrecentar el aislamiento social considerado imprescindible dentro de la estrategia de combate a la pandemia de coronavirus, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió el Acuerdo Nº 481-2020 de fecha 20 de marzo de 2020, mediante el cual dispuso convertir los Juzgados Penales de Emergencia de los Distritos Judiciales, conformados en merito a la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ a Juzgados Mixtos de Emergencia, para que conozcan tanto las materias penales como no penales graves y urgentes.

Quinto. En ese sentido, a fin de no generar la necesidad de tránsito y circulación de los señores magistrados, servidores y usuarios, que no sea la estrictamente imprescindible, mediante la Resolución Administrativa N° 108-2020-P-CSJPPV, de fecha 20 de marzo de 2020, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla estableció el funcionamiento de cinco órganos de jurisdiccionales como únicos órganos de emergencia en el Distrito Judicial de Puente Piedra – Ventanilla, durante el periodo de emergencia nacional, esto es hasta el 30 de marzo de 2020.

Sexto. Posteriormente, el 27 de marzo de 2020, mediante el Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, el Presidente del Poder Ejecutivo dispuso prorrogar el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020. En merito a ello, el Consejo Ejecutivo, mediante la Resolución Administrativa Nº 117-2020-CE-PJ, de fecha 30 de marzo de 2020, prorrogó la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos por el referido periodo.

Séptimo. En ese sentido, mediante la Resolución Administrativa N° 111-2020-P-CSJPPV, de fecha 30 de marzo de 2020, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla estableció los órganos jurisdiccionales y administrativos de emergencia en este Distrito Judicial que vienen funcionando por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020.

Octavo. Ahora bien, sobre el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos de emergencia, la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla, en sesión extraordinaria de fecha 3 de abril de 2020, decidió expresar su reconocimiento y felicitación a todos aquellos magistrados, personal jurisdiccional y administrativo que vienen desarrollando denodados esfuerzos para garantizar los servicios esenciales durante el aislamiento social decretado por el Gobierno Central, poniendo incluso su salud en riesgo, en pro de la administración de justicia.

Noveno. En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa.

Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero. – RECONOCER Y FELICITAR a los magistrados y al personal jurisdiccional y administrativo designados mediante las Resoluciones Administrativas Nos 107-2020-P-CSJPPV-PJ, 108-2020-P-CSJPPV-PJ y 111-2020-P-CSJPPV-PJ, por su ardua labor para garantizar la administración de justicia durante el aislamiento social decretado mediante los Decretos Supremos Nos. 044-2020-PCM y 051-2020-PCM.

Artículo Segundo.- DISPONER que los administradores de los módulos de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra Ventanilla, remitan en el plazo de tres días, un informe sobre el personal administrativos y jurisdiccional que ha venido prestando labores de manera efectiva, para la acreditación correspondiente.

Artículo Tercero.- PÓNGASE A CONOCIMIENTO de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Administración Distrital, Área de Imagen y Prensa, Administradores de los diferentes Módulos, así como de los magistrados interesados de esta Corte Superior de Justicia para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Christian Arturo Hernández Alarcón

Presidente

Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla

1865412-1