Modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado por R.S. N° 022-2002-MTC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0239-2020-MTC/01.03
Lima, 3 de abril de 2020
VISTO:
El Informe N° 304-2020-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, modificado mediante el Decreto Supremo 046-2020-PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, se dispuso el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y el aislamiento social obligatorio (cuarentena);
Que, el artículo 10 de dicho Decreto Supremo determina que a fin de garantizar la implementación de las medidas, la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas intervienen en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, respectivamente;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, se prórroga del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020;
Que, asimismo a través del Decreto Supremo N° 004-2020-DE se autoriza al Ejército del Perú a efectuar el Llamamiento Extraordinario de la Reserva Orgánica perteneciente a las últimas clases – LICENCIADOS en los años 2018, 2019 y febrero 2020, para completar los efectivos requeridos y prestar servicio en el Activo;
Que, mediante el Oficio N° 1146/CGE/S-CGE/1.B, la Secretaria de la Comandancia General del Ejército, solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, MTC) la autorización temporal para el empleo del número 111, con la finalidad de proporcionar información a los reservistas para atender la medida de llamamiento extraordinario de Reserva Orgánica, declarado mediante Decreto Supremo N° 004-2020-DE;
Que, el Plan Técnico Fundamental de Numeración aprobado mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, establece las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración, la cual es un recurso escaso, a través de una eficiente asignación, así como, define las estructuras de numeración para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones;
Que, el numeral 2.10.1 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, establece que los Servicios Especiales Básicos son facilidades adicionales brindadas por los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones a la comunidad, que tienen por finalidad salvaguardar los bienes y la vida de las personas, así como, permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio. Adicionalmente, en el numeral 3.5.1 del Plan Técnico se establece la Estructura de numeración de Servicios Especiales;
Que, la Disposición Complementaria establecida en el numeral 6 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, dispone que el MTC, mediante Resolución Ministerial, podrá modificar, precisar y/o ampliar las definiciones, estructuras de numeración, procedimientos de marcación para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, así como establecer las disposiciones necesarias para el cumplimiento del referido Plan. Por lo tanto, le corresponde al MTC administrar su uso adecuado y eficiente;
Que, durante la vigencia del Estado de Emergencia la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas desempeñan un rol fundamental para velar por el cumplimiento de las medidas impuestas por el Gobierno para hacer frente al brote del virus COVID-19, entre estas, realizar verificaciones e intervenciones de las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarios para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades no permitidas y ejercen el control respecto de la limitación del ejercicio de la libertad de tránsito a nivel nacional de las personas, en diversos medios de transporte, tales como vehículos particulares, transporte público, medios acuáticos, entre otros;
Que, en esa medida y a fin de coadyuvar a las funciones de las Fuerzas Armadas, y en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2020-DE respecto al llamamiento extraordinario de Reserva Orgánica, es necesario modificar el numeral 3.5.1 Estructura de numeración para los Servicios Especiales Básicos del Plan Técnico Fundamental de Numeración, a efectos que el Servicio “111 –Emergencia Nacional, sea temporalmente asignado al Ministerio de Defensa para que pueda brindar información sobre el llamado extraordinario de reservistas, a través de una línea gratuita;
Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, que aprueba el Plan Técnico Fundamental de Numeración;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificación del numeral “3.5.1 Estructura de numeración para Servicios Especiales Básicos” del Plan Técnico Fundamental de Numeración aprobado mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC
Modificar el numeral “3.5.1. Estructura de numeración para Servicios Especiales Básicos” del Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado mediante Resolución Suprema N° 022-2002-MTC, el que queda redactado de la siguiente manera:
“(…)
111 LINEA DE ORIENTACIÓN PARA EL LLAMAMIENTO EXTRAORDINARIO DE RESERVISTAS
El concesionario de servicio público local brinda obligatoriamente a su usuario, el acceso a este servicio.
No son tarificados al usuario.
Servicio prestado por el Ministerio de Defensa de manera temporal por un plazo de sesenta (60) días de publicada la presente Resolución Ministerial, pudiendo ser prorrogado con arreglo a la Ley, considerando el contexto del Estado de Emergencia Nacional declarado a consecuencia del brote del virus COVID-19”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1865355-1