Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan suspensión del plazo de ejecución contractual declarada mediante R.D. Nº 095-2020-MINEM/DGER en los contratos que participa la DGER en cuyos objetos contractuales se ejecuten estudios de perfil a nivel de pre inversión estudios definitivos y/o expedientes técnicos de obra así como las ejecuciones de obra supervisiones de obra y gestión de servidumbres

Prorrogan suspensión del plazo de ejecución contractual declarada mediante R.D. Nº 095-2020-MINEM/DGER, en los contratos que participa la DGER en cuyos objetos contractuales se ejecuten estudios de perfil a nivel de pre inversión, estudios definitivos y/o expedientes técnicos de obra, así como las ejecuciones de obra, supervisiones de obra y gestión de servidumbres

resolución directoral

N° 096-2020-MINEM/DGER

Lima, 30 de marzo de 2020

VISTOS:

El Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, la Resolución Directoral Nº 095-2020-MINEM/DGER y el Informe Técnico Legal N° 069-2020-MINEM/DGER-JAL-JLC de la Jefatura de Asesoría Legal y Jefatura de Licitaciones y Contratos de la Dirección General de Electrificación Rural, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, señala que la Dirección General de Electrificación Rural (DGER) es el órgano de línea del Despacho Viceministerial de Electricidad, encargado de la ejecución del Plan Nacional de Electrificación Rural enmarcado dentro de los Lineamientos de Política del Sector Energía y Minas, y, de modo específico, a través de la realización y/o coordinación de proyectos electromecánicos, prioritariamente en el área rural y zonas de extrema pobreza;

Que, si bien el Gobierno Nacional ha dispuesto medidas de seguridad y prevención de salud a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se ha presentado la necesidad que el Estado adopte medidas adicionales y excepcionales para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, como el estado de emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM por quince (15) días calendarios, restringiendo el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de libre tránsito en el territorio nacional;

Que, ante la medida dispuesta por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, la Dirección General de Electrificación Rural mediante la Resolución Directoral Nº 095-2020-MINEM/DGER ha declarado la suspensión del plazo de ejecución contractual de aquellos contratos cuyo objeto contractual constituye la elaboración de estudios de perfil a nivel de pre inversión, estudios definitivos y/o expedientes técnicos de obra, así como las ejecuciones de obra, supervisiones de obra y gestión de servidumbres, según las distintas normas aplicables a dichos contratos, por el periodo de quince días (15) calendarios a fin de coadyuvar en la salvaguarda de la integridad de aquellas personas naturales que operan de soporte a los distintos contratistas y/o consultores que cuentan con contrato vigente con la DGER;

Que, aún se mantiene el escenario nacional de emergencia sanitaria de potencial propagación e infección del COVID-19, motivo por el cual el Gobierno Nacional a través del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, dispone se prorrogue por trece (13) días calendarios más, el Estado de Emergencia ya declarado en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM;

Que, se hace necesario prorrogar la declaración de suspensión de plazo materializada en la precitada Resolución Directoral Nº 095-2020-MINEM/DGER, debiéndose proceder directamente con la publicación en el Diario Oficial conforme lo establecido en el numeral 20.1.3 del ya aludido artículo 20 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS – TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de remitirse vía correo electrónico que formalmente haya sido señalado en el contrato o los documentos que lo integran, así como el portal institucional de la DGER;

Que, en el marco de lo dispuesto en los literales n) y o) del artículo 73 del Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, la Resolución Ministerial N° 385-2019-MINEM/DM, así como la Resolución Ministerial N° 429-2019-MINEM/DM modificada mediante Resolución Ministerial N° 084-2020-MINEM/DM, publicadas el 04 de enero y 08 de marzo del 2020 respectivamente en el Diario Oficial El Peruano;

Con el visto de la Dirección de Proyectos, la Jefatura de Proyectos Norte, la Jefatura de Proyectos Sur, la Jefatura de Estudios, la Jefatura de Administración y Finanzas, la Jefatura de Licitaciones y Contratos, así como la Jefatura de Asesoría Legal, de acuerdo con sus competencias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar la SUSPENSION del plazo de ejecución contractual declarada mediante Resolución Directoral Nº 095-2020-MINEM/DGER, por el periodo de trece (13) días calendarios a partir del 31 de marzo del 2020, en los contratos que participa la DGER en cuyos objetos contractuales se ejecuten estudios de perfil a nivel de pre inversión, estudios definitivos y/o expedientes técnicos de obra, así como las ejecuciones de obra, supervisiones de obra y gestión de servidumbres, estos últimos también comprendidos dentro del resolutivo precitado.

Artículo 2.- Disponer que las Jefaturas de Proyectos Norte y Proyectos Sur de la Dirección de Proyectos así como la Jefatura de Estudios de esta Dirección General, materialicen las coordinaciones necesarias, a fin de establecer que los gastos generales a reconocer por la DGER estarán vinculados, aquellos de seguridad y excepcionalmente de mantenimiento y otros de naturaleza indispensable. Dichos costos deberán ser previamente verificados, al momento de solicitarse su reconcomiendo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL SUAREZ

Director General

Dirección General de Electrificación Rural

1865334-1