Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro

Ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro

ORDENANZA Nº 516-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo de 2020, la propuesta de modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo expuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972–Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la citada Ley Orgánica señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el artículo 9º, numeral 12, de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza N°416-MSI, modificada por Ordenanza N°455-MSI y Ordenanza N°513-MSI, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro, que regula el régimen del Concejo Municipal, precisando las atribuciones competencias y funciones de sus miembros, el desarrollo de las sesiones y el funcionamiento de las Comisiones de Concejo conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declara el Estado de Emergencia Nacional por las Graves circunstancias que afectan la vida de la Nación del brote del COVID- 19, por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; asimismo el artículo 11° de la citada norma dispone que durante la vigencia del estado de emergencia, los ministerios y las entidades públicas en sus respectivos ámbitos de competencia dictan las normas que sean necesarias para el cumplimientos de las disposiciones establecidas en la citada norma;

Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2020-PCM se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020;

Que, en ese contexto, se considera necesario adoptar medidas que aseguren el funcionamiento del Concejo Municipal en los periodos de emergencia declarados conforme a ley, de tal manera que se posibilite que este Concejo Municipal pueda adoptar normas y acuerdos que sirvan de respuestas efectivas, eficaces y eficientes ante dichas situaciones de emergencia, por lo que se propone la modificación del Reglamento Interno de Concejo aprobado por la Ordenanza N°416-MSI y modificatorias, a fin de efectuar Sesiones de Concejo de modo virtual, con la finalidad de dar continuidad a la funciones normativas y fiscalizadoras del Concejo Municipal;

Que, el segundo párrafo del Artículo 35° del Reglamento Interno de Concejo establece la dispensa del trámite de Comisiones de Regidores en caso de urgencia o la naturaleza del caso lo requiera;

Estando a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Vía Remota 001-2020-0400-GAJ/MS y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con la dispensa del trámite de Comisiones y del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

Artículo Primero.- Modificar el artículo 20°del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Isidro, aprobado por la Ordenanza N°416-MSI y modificado por Ordenanza N°455-MSI y Ordenanza N°513-MSI, agregando el texto siguiente:

“Artículo 20°.-

(…)

Durante los períodos de estado de emergencia o situaciones similares declarados conforme a ley, en los que se restrinjan o suspendan los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personal, la libertad de reunión y de tránsito, las Sesiones del Concejo Municipal, podrán desarrollarse excepcionalmente de manera virtual o remota, utilizando las herramientas digitales y tecnológicas que sean necesarias”.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, implementar los mecanismos tecnológicos necesarios para el desarrollo de las sesiones virtuales.

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal web institucional de la Municipalidad de San Isidro (www.munisanisidro.gob.pe).

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

Dado en San Isidro, a los 31 días del mes de marzo de 2020.

AUGUSTO CACERES VIÑAS

Alcalde

1865270-1