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Dan por concluidas designaciones y aceptan renuncias de Subprefectos Provinciales y Distritales

Dan por concluidas designaciones y aceptan renuncias de Subprefectos Provinciales y Distritales

resolución directoral

N° 043-2020-IN-VOI-DGIN

Lima, 18 de mayo de 2020

VISTOS: Los Informes N° 000134-2020/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 18 de mayo de 2020 y N° 000133-2020/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 16 de mayo de 2020, de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones específicas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional;

Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas;

Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional;

Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la remoción de autoridades políticas a nivel nacional; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento;

Que, del citado informe, se señala rectificar en parte la Resolución Jefatural N° Nº 0032-2017-ONAGI-J publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de febrero de 2017, en relación al numeral 15 del artículo 2 en el cual señala como provincia: FISCARRAL y, debe decir: FITZCARRALD;

Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;

Que, en aplicación del numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”;

Que, asimismo, el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada norma refiere, entre otros, que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación en el cargo de Subprefecto Provincial de las siguientes personas:

NOMBRES Y APELLIDOS

PROVINCIA

REGION

1

ELISEO ROMERO PRINCIPE

ANTONIO RAYMONDI

ANCASH

2

DARWIN MACEDO CISNEROS

DATEM DEL MARAÑON

LORETO

3

RAQUEL RODRIGUEZ SUAREZ

MARISCAL RAMON CASTILLA

LORETO

Artículo 2.- Dar por concluida la designación en el cargo de Subprefecto Distrital de las siguientes personas:

NOMBRE Y APELLIDOS

DISTRITO

PROVINCIA

REGION

1

PEDRO JAIME VALVERDE MALLA

LLUMPA

MARISCAL LUZURIAGA

ANCASH

2

NORMA ISABEL JAVIER BARROSO

SAN PEDRO

OCROS

ANCASH

3

MISHAEL ROSALIA CORAL BLACIDO

ANTA

CARHUAZ

ANCASH

4

ROGER POMPEYO OLORTEGUI AYALA

SAN NICOLAS

CARLOS FERMIN FITZCARRALD

ANCASH

5

BETSY MELODY SAENZ NOLASCO

HUAYLAS

HUAYLAS

ANCASH

6

RONALD WILINGTON PEREZ ACUÑA

ALFONSO UGARTE

SIHUAS

ANCASH

7

SONIA APOLONIA ROMERO PRINCIPE

MIRGAS

ANTONIO RAYMONDI

ANCASH

8

ELIZABETH ROSARIO LUGO COCHACHIN

TICAPAMPA

RECUAY

ANCASH

9

ISABEL DE LAS MERCEDES TASAYCO SALGADO

ATIQUIPA

CARAVELI

AREQUIPA

10

GLORIA PILAR ESPINOZA BUSTAMANTE

ATICO

CARAVELI

AREQUIPA

11

ROBERTO CARLOS CORONADO CANALES

YAUCA

CARAVELI

AREQUIPA

12

NELVIN VILLOSLADA SANTA CRUZ

SANTA ROSA

JAEN

CAJAMARCA

13

CESAR ORLANDO VASQUEZ MONTENEGRO

NIEPOS

SAN MIGUEL

CAJAMARCA

14

ALEXANDER TERRONES VASQUEZ

TONGOD

SAN MIGUEL

CAJAMARCA

15

YENI YOVANA VILLANUEVA CHIRINOS

HUANCAVELICA

HUANCAVELICA

HUANCAVELICA

16

BERNARDINO FAUSTO HUAMANTUPA SUSAYA

TAMBO

HUAYTARA

HUANCAVELICA

17

ELADIO MARTEL REYES

SAN PEDRO DE CHAULAN

HUANUCO

HUANUCO

18

RAUL AUGUSTO LOPEZ CAMPOS

SAN AGUSTIN DE CAJAS

HUANCAYO

JUNIN

19

DILTHEY ADELVAR CARRASCO MONTOYA

HUARMACA

HUANCABAMBA

PIURA

20

ROSA FREDESVINDA RENTERIA ROJAS

SONDORILLO

HUANCABAMBA

PIURA

21

ALFONSO SAAVEDRA CURAY

SICCHEZ

AYABACA

PIURA

22

MOISES DURAND URBINA

MARCAVELICA

SULLANA

PIURA

Artículo 3.- Aceptar la renuncia de la señora SALUSTIA ESPINAL SUAREZ, en el cargo de Subprefecta Distrital de Surcubamba, provincia Tayacaja, región Huancavelica, con eficacia anticipada al 21 de abril de 2020.

Artículo 4.- Aceptar la renuncia del señor EUMELIO SANTOS ARAUJO GUERREROS, en el cargo de Subprefecto Distrital de San Francisco de Sangayaico, provincia de Huaytará, región Huancavelica, con eficacia anticipada al 29 de abril de 2020.

Artículo 5.- Aceptar la renuncia del señor JAVIER OMAR AGUADO CORDOVA, en el cargo de Subprefecto Distrital de San Isidro, provincia Huaytará, región Huancavelica, con eficacia anticipada al 29 de abril de 2020.

Artículo 6.- Aceptar la renuncia del señor JUAN PEDRO JIRON VIOLETA, en el cargo de Subprefecto Distrital de Tantara, provincia Castrovirreyna, región Huancavelica, con eficacia anticipada al 01 de mayo de 2020.

Artículo 7.- Rectificar el error material incurrido en el numeral 15 del artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº 0032-2017-ONAGI-J, publicada en el diario oficial El Peruano el 04 de febrero de 2017, respecto a la provincia, debiendo decir: FITZCARRALD.

Artículo 8.- Notificar la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CIRO ALEJANDRO ZAVALETA LÓPEZ

Director General

Dirección General del Gobierno Interior

1867083-1