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Modifican fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial Impuesto al Patrimonio Vehicular arbitrios municipales 2020 y dictan diversas disposiciones

Modifican fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, arbitrios municipales 2020 y dictan diversas disposiciones

Ordenanza Municipal

Nº 003-2020

Callao, 26 de marzo de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 007-2020-MPC/CMPC-SR-COAD de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en ejercicio de las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Informe Nº 404-2020-MPC-GGATR-GAT de fecha 16 de marzo de 2020 de la Gerencia General de Administración Tributaria, Memorando Nº 804-2020-MPC-GGATR de fecha 16 de Marzo del 2020 de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Informe Nº 1153 -2020-MPC-GGAJyC de fecha 17 de marzo del 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación; y

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política, en el artículo Nº 194°, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9° inciso 9° señala que corresponde al Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, mediante Ordenanza Municipal;

Que, el artículo 15° y el artículo 35º del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que el Impuesto Predial y el Impuesto al Patrimonio Vehicular podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, b) En forma fraccionada hasta un máximo de 04 cuotas trimestrales, misma que se distribuirán mediante la emisión mecanizada las cuales forman parte de las cuponeras que serán distribuidos entre los contribuyentes del Distrito del Callao;

Que, la Norma II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece que los Arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público, asimismo la Norma IV, indica que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasa o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley mediante Ordenanza Municipal;

Que, es necesario solicitar se proceda a modificar el artículo 5° y el artículo 12, numeral 12.5° de la Ordenanza Nº 027-2019-MPC de fecha 27 de diciembre del 2019, respecto a la periodicidad y vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales 2020 y del Beneficio del Pronto Pago o Pago Adelantado, la misma que fue modificada con la Ordenanza Nº 002-2020-MPC, de fecha 14 de febrero del 2020;

Que, de igual manera se solicita se aclare lo dispuesto en el Artículo Único de la Ordenanza Municipal Nº 001-2020-MPC, de fecha 14 de febrero del 2020, de la siguiente manera: Establézcase que, para aquellos predios cuyo monto determinado en el ejercicio 2020 presente un incremento mayor o igual al 27% en los Arbitrios de Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos con referencia al monto emitido en el ejercicio 2019, se le otorgará un tope máximo de emisión del 27%;

Que, mediante Informe Nº 404-2020-MPC-GAT, de fecha 17 de marzo del 2020, la Gerencia de Administración Tributaria, remite el presente proyecto de Ordenanza Municipal que modifica el vencimiento de pago de los arbitrios municipales 2020 y el beneficio del Pronto Pago o Pago Adelantado para el ejercicio 2020, para el Cercado del Callao, así como la aclaración de la Ordenanza N° 01-2020-MPC;

Que, mediante Memorando N° 804-2020-MPC-GGATR la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, hace suyo lo informado y solicitado por la Gerencia de Administración Tributaria solicitando que continúe con el trámite correspondiente;

Que, es preciso indicar que la presente Ordenanza propone la siguiente modificación, debido al estado de emergencia dispuesto por Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM de fecha 15 de marzo del 2020, el cual Declara en Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, disponiendo el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. A consecuencia los servicios de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas se ven afectados por lo que es necesario tomar las medidas para no afectar el derecho de los contribuyentes a acceder a los pagos de los tributos garantizando la adecuada prestación y acceso a los servicios, hecho que por la medida de emergencia no se podrá cumplir con lo dispuesto;

Que, a través del Informe Nº 1153-2020-MPC-GGAJyC de fecha 17 de marzo del 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, declara procedente la propuesta de Ordenanza Municipal para la modificación de Vencimiento del Pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular y el Pago de los Arbitrios Municipales 2020, modificación del vencimiento del Beneficio del Pronto Pago o Pago Adelantado para Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2020 considerando la aprobación establecida en la Ordenanza Municipal 027-2019-MPC y Ordenanza Municipal N° 002-2020-MPC, así como la aclaración de la Ordenanza Municipal N° 001-2020-MPC;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y EL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 Y LA MODIFICACION DEL VENCIMIENTO DEL BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2020, ESTABLECIDAS MEDIANTE LA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2019-MPC Y

LA ORDENANZA MUNICIPAL 002-2020-MPC

Artículo Primero.- DEL VECIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y EL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR

Procédase a modificar la fecha de vencimiento de pago del primer trimestre del Impuesto Predial y del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio fiscal 2020, hasta el 29 de mayo del 2020 en el Distrito del Cercado del Callao, sea la cancelación en forma fraccionada.

Artículo Segundo.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020

Los arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual, el vencimiento del pago de los arbitrios municipales se considerará el último día hábil de cada mes para el cual se tiene el siguiente cronograma:

Enero 29.05.2020

Febrero 29.05.2020

Marzo 29.05.2020

Abril 29.05.2020

Artículo Tercero.- BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO

Los contribuyentes, que opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio fiscal, tendrá un descuento único del 10% por el monto insoluto de la deuda de los arbitrios municipales (BC, RRSS, PJ, SC) generados para el año 2020, el presente beneficio tendrá una vigencia hasta el 29 de mayo de 2020.

Artículo Cuarto.- ACLARACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO UNICO DE LA ORDENANZA Nº 001-2020-MPC de fecha 14.02.2020

Establézcase que, para aquellos predios cuyo monto determinado en el ejercicio 2020 presente un incremento mayor o igual al 27% en los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos) con referencia al monto emitido en el ejercicio 2019, se le otorgara un tope máximo de emisión del 27%.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Segundo.- Encargar la ejecución de la presente Ordenanza a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Recaudación, encargar la publicación en el Diario Oficial El Peruano a la Secretaria General. La Publicación en la Página WEB Institucional a la Gerencia de Informática.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS

Alcalde

1865229-1