FE DE ERRATAS
decreTo de urgencia
n° 033-2020
Mediante Oficio Nº 000314-2020-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 033-2020, publicado en Edición Extraordinaria del día 27 de marzo de 2020.
En el numeral 6.1 del artículo 6 (página 5):
DICE:
“Artículo 6. Financiamiento del subsidio monetario para la protección económica de los hogares vulnerables
6.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 300 666 200,00 (TRESCIENTOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES), para financiar el otorgamiento del subsidio monetario autorizado en el artículo 3, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: En Soles
(…)
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
(…)
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 2 456 000,00
2.4 Otros gastos 298 172 700,00
2.6 Adquisición de activos no financieros 37 500,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 300 666 200,00
(..)”
DEBE DECIR:
“Artículo 6. Financiamiento del subsidio monetario para la protección económica de los hogares vulnerables
6.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 300 666 200,00 (TRESCIENTOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES), para financiar el otorgamiento del subsidio monetario autorizado en el artículo 3, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: En Soles
(…)
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
(…)
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 2 456 000,00
2.5 Otros gastos 298 172 700,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 37 500,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 300 666 200,00
=============
(...)”
1865275-1