Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 400-2019-MDA, que aprueba la Regularización de Licencia de Edificación, Licencia de Demolición, Conformidad de Obra, Declaratoria de Edificación y Levantamiento de Cargas Técnicas, en el distrito de Independencia
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 000002-2020-MDI
Independencia, 23 de marzo de 2020
VISTO: El Informe N° 000138-2020-SGDU-GDT/MDI de la Subgerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Legal N° 000122-2020-GAJ/MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 400-2019-MDI; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 400-2019-MDI, publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de octubre de 2019, se aprueba la “Ordenanza de Regularización de Licencia de Edificación, Licencia de Demolición, Conformidad de Obra, Declaratoria de Edificación y Levantamiento de Cargas Técnicas, en el distrito de Independencia”, con una vigencia de cinco (05) meses;
Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza N° 400-2019-MDI, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias necesarias para cumplir con los fines de la presente Ordenanza y, de considerarlo necesario, en su oportunidad ampliar los plazos establecidos en la misma;
Que, de acuerdo a lo señalado en los informes del visto, es necesario otorgar un plazo adicional para acogerse al presente beneficio de regularización, considerando que el artículo primero del Decreto Supremo Nº 044-2020 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2020, declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, siendo necesario en este contexto brindar a los administrados las mayores facilidades para acceder a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza;
Estando a lo dispuesto por los artículos 20° numeral 6), 42° y 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 400-2019-MDA, hasta el 29 de Mayo de 2020.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas competentes el cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
YURI JOSE PANDO FERNANDEZ
Alcalde
1865192-1