Disponen la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento para Optimizar el Uso del Gas Natural y Creación del Gestor del Gas Natural” en el portal institucional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 102-2020-MINEM/DM
Lima, 20 de marzo de 2020
VISTOS: El Informe Técnico Legal N° 005-2020-MINEM/DGH-DGGN-DNH de fecha 13 de enero de 2020, emitido por la Dirección General de Hidrocarburos, y el Informe N° 026-2020-MINEM/OGAJ de fecha 14 de enero de 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM (en adelante, TUO de la Ley N° 26221), el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de proponer, elaborar, aprobar y aplicar la política del Sector, así como de dictar las demás normas pertinentes;
Que, la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, aprobada mediante Decreto Supremo N° 064-2010-EM, establece como uno de sus objetivos de política, el desarrollo de la industria del gas natural y su uso en actividades domiciliarias, transporte, comercio e industria, así como la generación eléctrica eficiente;
Que, en el desarrollo de las operaciones en el mercado del gas natural, se ha evidenciado que los consumidores tienen excedentes de suministro y capacidad contratada de transporte a firme, generando un uso ineficiente de la producción y/o capacidad de transporte de gas natural, y afectando a los usuarios finales de los servicios públicos de electricidad;
Que, asimismo, existen consumidores demandantes de gas natural que requieren dicho hidrocarburo para desarrollar sus operaciones, buscando con ello el uso eficiente del recurso energético en sus actividades;
Que, en ese sentido, resulta necesario contar con un agente que se encargue de realizar las coordinaciones de las transferencias del suministro y/o capacidad de transporte de gas natural, que los consumidores no utilicen y puedan ser aprovechados por consumidores demandantes;
Que, por tal motivo y debido al crecimiento del mercado; así como a las condiciones y la estructura del Mercado Primario actual, resulta pertinente establecer las funciones del Gestor del Gas Natural y modificar el Reglamento del Mercado Secundario de Gas Natural, a efectos de cumplir con los objetivos de política establecidos en la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040;
Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, refiere que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial “El Peruano”, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios por parte de los interesados;
Que, atendiendo a lo antes descrito, resulta pertinente disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento para Optimizar el Uso del Gas Natural y Creación del Gestor del Gas Natural”, así como de su correspondiente Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de diez (10) días hábiles, a efectos que los interesados formulen los comentarios u opiniones que consideren necesarios;
De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento para Optimizar el Uso del Gas Natural y Creación del Gestor del Gas Natural”, así como su correspondiente exposición de motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, por un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben ser remitidas por escrito a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, sito en Avenida Las Artes Sur Nº 260, San Borja, o a la dirección electrónica prepublicacionesdgh@minem.gob.pe.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Hidrocarburos la recepción, procesamiento, sistematización y evaluación de las opiniones y/o sugerencias recibidas, así como la elaboración del proyecto final de Reglamento.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILCA ACHATA
Ministra de Energía y Minas
1865146-1