Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ley que incorpora la tercera disposición transitoria de la Ley N° 26859 Ley Orgánica de Elecciones

LEY Nº 31010

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE INCORPORA LA TERCERA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA DE LA LEY 26859,

LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES

Artículo único.- Incorporación de la tercera disposición transitoria de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones

Incorpórase la tercera disposición transitoria de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, conforme al siguiente texto:

“DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

(...)

Tercera Disposición Transitoria

Para el período referido a las elecciones 2021-2026 no será de aplicación lo contenido en el segundo y tercer párrafo del artículo 4 de la presente ley. En ese sentido, las normas con rango de ley y normas reglamentarias, relacionadas con procesos electorales o de consulta popular, aprobadas por el Congreso complementario 2020-2021, serán de aplicación al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. El plazo para aprobar dichas reformas será de seis (6) meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano”.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil veinte.

MANUEL MERINO DE LAMA

Presidente del Congreso de la República

LUIS VALDEZ FARÍAS

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS

Presidente del Consejo de Ministros

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