Aprueban Transferencia Financiera con cargo a la Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fiscal 2020, a favor de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú - ANPP
Resolución Ministerial
N° 0233-2020-MTC/01
Lima, 25 de marzo de 2020
VISTOS: El Oficio Nº 117-2020-MTC/34 del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos; el Memorando Nº 586-2020-MTC/09, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1335, Decreto Legislativo que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019”, dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos (Proyecto Especial), para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano;
Que, con fecha 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos - Lima 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana - ODEPA y el Comité Olímpico Peruano - COP, con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML y el Gobierno Peruano, a través del Instituto Peruano del Deporte - IPD, y con fecha de 14 de setiembre del 2017 se suscribe la adenda correspondiente al mencionado Acuerdo;
Que, el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad del Legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el primer trimestre del 2020, a realizar transferencias financieras a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) ahora Panam Sports y otros organismos nacionales e internacionales, con el fin de atender las obligaciones derivadas de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, por diversos conceptos, entre otros, ingresos por concepto de venta de entradas, licencias de uso y patrocinios; en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL - PERÚ);
Que, el segundo párrafo de la precitada Disposición Complementaria Final establece que las transferencias financieras autorizadas se realizan mediante resolución del titular del pliego respectivo, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2020-MTC se modifica, entre otros, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-MINEDU que crea el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el ámbito del Ministerio de Educación, modificado por los Decretos Supremos N° 009-2015-MINEDU, N° 017-2018-MTC y N° 008-2019-MTC, conforme a lo siguiente: “Créase en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”;
Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2020-MTC, establece que toda referencia que se haga al Proyecto Especial para la Preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019 en los dispositivos normativos o actos administrativos que regulan su funcionamiento, deben entenderse efectuados al “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”;
Que, mediante Oficio Nº 117-2020-MTC/34, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos, sustentado en el Informe Nº 089-2020-MTC/34.01.01 de su Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 164-2020-MTC/34.01.09 de su Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, solicita aprobar una transferencia financiera a favor de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú, hasta por la suma de S/ 44 865,93 (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, indicando que será atendida con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el pago del 10% del valor neto de la recaudación por concepto de licencias, marketing y patrocinios de los XVIII Juegos Panamericanos, en cumplimiento de las obligaciones previstas en el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones con el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL - PERÚ);
Que, con Memorando N° 586-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 143-2020-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera, hasta por el importe de S/ 44 865,93 (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 SOLES) a favor de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en el año fiscal 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el pago del 10% del valor neto de la recaudación por concepto de licencias, marketing y patrocinios de los XVIII Juegos Panamericanos, en cumplimiento de las obligaciones previstas en el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones con COPAL - PERÚ;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar una transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, en el presente año fiscal, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad a lo dispuesto en el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad del Legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fiscal 2020, a favor de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú - ANPP, hasta por la suma de S/ 44 865,93 (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto asignado al Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 5-2.5: Otros Gastos,
Artículo 3.- Monitoreo
El Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos.
Artículo 4.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1865171-1