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Aprueban el Protocolo de Visitas Domiciliarias a Personas Adultas Mayores Usuarias de Pensión 65 para la Prevención de Coronavirus (COVID-19)

Aprueban el “Protocolo de Visitas Domiciliarias a Personas Adultas Mayores, Usuarias de Pensión 65 para la Prevención de Coronavirus (COVID-19)”

Resolución Directoral

N°050-2020-MIDIS/P65-DE

Lima, 14 de marzo de 2020

VISTO:

El Informe N° 00008-2020-MIDIS/P65-DE/CT, expedido por el Coordinador Técnico y el Informe N° 00072-2020-MIDIS/P65-DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la finalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, documento técnico normativo de gestión que formaliza la estructura orgánica del Programa, orientando el esfuerzo institucional al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, describiendo entre otros aspectos, las funciones específicas de las unidades que lo integran y la descripción detallada y secuencial de los principales procesos técnicos y/o administrativos;

Que, el literal h) del artículo 9 del mencionado Manual de Operaciones, establece como función de la Dirección Ejecutiva: Aprobar, modificar y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas y administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo a las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS;

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado: Defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 025-2020, se dictan medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación a ésta;

Que, el Decreto Supremo N° 008-2020-SA declara en emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de 90 días calendario por la existencia del COVID-19, así como también establece medidas de prevención y control para evitar la propagación del mencionado virus;

Que, en virtud de la Emergencia Sanitaria declarada, el Coordinador Técnico del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a través del documento de VISTO, solicita se apruebe, mediante acto resolutivo, el documento de trabajo: “Protocolo de Visitas Domiciliarias a Personas Adultas Mayores, Usuarias de Pensión 65 para la Prevención de Coronavirus (COVID – 19)”, el cual establece el procedimiento a seguir por el personal de campo de las Unidades Territoriales del Programa, en las visitas domiciliarias a los usuarios de alto riesgo (con comorbilidad), con la finalidad de brindar educación en prácticas de cuidado que disminuyan el riesgo vinculado al coronavirus y, de ser el caso, para la derivación oportuna al sector Salud para su atención;

Que, mediante el Informe N° 00072-2020-MlDlS/P65-DE-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la expedición del acto resolutivo que apruebe el documento de trabajo: “Protocolo de Visitas Domiciliarias a Personas Adultas Mayores, Usuarias de Pensión 65 para la Prevención de Coronavirus (COVID – 19)”, al encontrarlo acorde a las normas que regulan la presente emergencia sanitaria;

Que, estando a las facultades de la Dirección Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y modificatorias, la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS y el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, y contando con la visación del Coordinador Técnico y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el documento de trabajo: “Protocolo de Visitas Domiciliarias a Personas Adultas Mayores, Usuarias de Pensión 65 para la Prevención de Coronavirus (COVID–19)”, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICHAR ALEX RUIZ MORENO

Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva

Programa Nacional de Asistencia Solidaria

“Pensión 65”

1864941-1