Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 090-2020-MINEM/DM
Lima, 11 de marzo de 2020
VISTOS: El Informe Nº 044-2020-MINEM-OGPP/ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 165-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el acápite i, literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles);
Que, dicha norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii; así también, se dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;
Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial El Peruano;
Que, en atención a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, el MINEM y los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua, los días 17 y 27 de febrero, y 05 de marzo de 2020, suscribieron el respectivo Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a sus direcciones y/o gerencias regionales de Energía y Minas, a fin de que cuenten con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia;
Que, mediante los mencionados Convenios de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a cada Gobierno Regional, por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas, según el detalle establecido en cada convenio; señalando para tal efecto que el MINEM realizará dos transferencias financieras a los Gobiernos Regionales; una en el primer semestre del año 2020 y otra en el segundo semestre del mismo año, siendo cada transferencia correspondiente al 50% del monto antes señalado;
Que, a través del Informe Nº 044-2020-MINEM-OGPP/ODICR de fecha 06 de marzo de 2020, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, precisa que los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua cumplieron con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al segundo semestre del año 2019, por lo que da su conformidad para ejecutar la primera transferencia del año 2020; asimismo, señala que la Oficina de Presupuesto con fecha 23 de enero de 2020, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2020-00350-001 con cargo a la Meta Nº 0045 y SIAF Nº 0000000329, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;
Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos presupuestales del MINEM a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles);
De conformidad con lo dispuesto en el acápite i, literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua.
Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los siguientes Gobiernos Regionales: Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua; para ser destinados exclusivamente a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados
Gastos Corrientes: (En Soles)
2.4 : Donaciones y Transferencias
2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 500 000,00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia
La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
A LA: (En Soles)
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
Pliego 445 : Gobierno Regional de Cajamarca 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Cajamarca - Sede Central
Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0775
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20453744168
Pliego 446 : Gobierno Regional de Cusco 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Cusco - Sede Central
Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0789
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20527147612
Pliego 448 : Gobierno Regional de Huánuco 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Huánuco - Sede Central
Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0804
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20489250731
Pliego 454 : Gobierno Regional de Madre de Dios 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Madre de Dios - Sede Central
Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0875
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20527143200
Pliego 455 : Gobierno Regional de Moquegua 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Moquegua - Sede Central
Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0880
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20519752604
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia
Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales Cajamarca, Cusco, Huánuco, Madre de Dios y Moquegua, respectivamente, correspondientes al año 2020.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILCA ACHATA
Ministra de Energía y Minas
1864101-1