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Ordenanza que rectifica el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito del Rímac aprobado por Ordenanza Nº 1015

Ordenanza que rectifica el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito del Rímac aprobado por Ordenanza Nº 1015

ORDENANZA N° 2244

Lima, 20 de febrero de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que mediante la Ordenanza Nº 1015, publicada en el diario Oficial El Peruano el 14 de mayo de 2007, se aprueba el Plano de Zonificación del distrito del Rímac, para el Área de Tratamiento Normativo I;

Que, en el marco de dicha Ordenanza, la Empresa Gráfica Viroyes S.R.L. representada por el señor Vidal Apolonio Rojas Mendoza, presenta la solicitud de Rectificación del Plano de Zonificación del distrito del Rímac aprobado por Ordenanza Nº 1015 de fecha 14 de mayo de 2007, de Zona de Recreación Pública – ZRE a Residencial de Densidad Media – RDM para el predio ubicado en el Lote 7 de la Mz. A de la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre Ltda. del distrito del Rímac, con un área de 120.60m2, inscrita en la Partida Registral Nº P02164016 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima de la SUNARP, el predio se encuentra registrado a nombre de la Empresa Gráfica Viroyes S.R.L;

Que, según el Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana del año 1977-1990 aprobado por Decreto Supremo Nº 033-77-VC del 28 de agosto de 1977 y actualizado por Resolución Nº 3356-90-MML-AM-SMDU del 10 de agosto de 1990 el predio de la solicitud se encontraba calificado con el uso Residencial de Densidad Media – R4;

Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Oficio Nº 0986-19-MML-IMP-DE de fecha 02 de agosto de 2019, remite el Informe de Rectificación del Plano de Zonificación Nº 002-19-MML-IMP-DE/DGPT, de fecha 31 de julio de 2019, emitido por la Dirección General de Planificación Territorial, el cual concluye que el plano de zonificación del distrito del Rímac, vigente que proviene del plano aprobado por Ordenanza N° 397 del año 2002, por error de graficación, consigna el área correspondiente al predio de la solicitud y a la totalidad de la manzana A, de la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre la calificación de Zona de Recreación Pública – ZRP, siendo un área de uso residencial, formalizada por COFOPRI para este uso, consolidada como tal y calificada con el uso de Residencial de Densidad Media – R4 en los planos de Zonificación anteriores. Por tanto, se emite opinión favorable para que se rectifique el Plano de Zonificación del distrito del Rímac, debiéndose considerar la calificación Residencial de Densidad Media –RDM para el predio de la solicitud haciéndose extensivo a la totalidad de la manzana A de la Cooperativa Nueve de Diciembre Ltda;

Que, mediante Ordenanza Nº 397 de fecha 22 de agosto de 2002 se aprueba el Plano de Zonificación del distrito del Rímac, en el marco del Reajuste de Zonificación General del Distrito de Lima Metropolitana, donde el predio es calificado con el uso de Zona de Recreación Pública – ZRP, asimismo en el Reajuste Integral de Zonificación del distrito del Rímac, aprobado por Ordenanza Nº 1015 de fecha 14 de mayo de 2007, el predio de la solicitud fue calificado con el uso de Zona de Recreación Pública – ZRP;

Que, el Plano de Trazado y Lotización elaborado por COFOPRI para la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre Ltda., signado con el Nº 2143-COFOPRI-2000-GT, aprobado mediante Resolución de Gerencia de Titulación Nº 2605-2000-COFOPRI-GT de fecha 28 de junio de 2000, incluye la Manzana A conformada por ocho (8) lotes de uso residencial, que colindan con la manzana G de 2,890 m2, la cual está destinada a parque;

Que, el Lote 7 de la Manzana A de la Cooperativa Nueve de Diciembre Ltda., para el cual se solicita la rectificación de zonificación tiene el uso residencial en el Plano de Lotización de COFOPRI y que de acuerdo a los usos existentes el Lote 7 de la Manzana A de la Cooperativa Nueve de Diciembre Ltda., así como los lotes restantes que conforman dicha manzana, se encuentran consolidados con uso residencial de Densidad Media – RDM;

Que, por tanto y de acuerdo a lo expresado existe un error en la graficación del Plano de Zonificación vigente del distrito del Rímac, correspondiendo su rectificación en el Lote 7 de la Manzana A de la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre Ltda., de Zona de Recreación Pública – ZRP a Residencial de Densidad Media RDM, uso para el cual fue otorgado el predio, haciéndose extensiva a la totalidad de la Manzana A de la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre Ltda;

Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 089-2019-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DEL RIMAC APROBADO POR ORDENANZA Nº 1015.

Artículo 1.- Rectificar el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito del Rímac, aprobado por Ordenanza Nº 1015 del Área de Tratamiento Normativo I, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de mayo de 2007, precisando la calificación Residencial de Densidad Media - RDM para el Lote 7 de la Manzana A de la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre Ltda., del distrito del Rímac, haciéndola extensiva a toda la Manzana A, compuesta por 8 lotes, conforme al gráfico que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonificación del distrito del Rímac, la rectificación aprobada en la presente Ordenanza.

Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital del Rímac.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1863195-1