Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el documento denominado Lineamientos que establecen disposiciones sobre Acciones de Prevención Denuncia Investigación y Sanción por Conductas de Hostigamiento Sexual en el Ministerio del Ambiente

Aprueban el documento denominado “Lineamientos que establecen disposiciones sobre Acciones de Prevención, Denuncia, Investigación y Sanción por Conductas de Hostigamiento Sexual en el Ministerio del Ambiente”

Resolución Ministerial

Nº 074-2020-MINAM

Lima, 10 de marzo de 2020

VISTOS; el Informe N° 00075-2020-MINAM/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 00241-2020-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00060-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00100-2020-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica y sus funciones;

Que, el Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno al 2021, señala como Eje 4 el “Desarrollo social y bienestar de la población”, y dentro del mismo, como Lineamiento 4.6 “Promover la igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres, así como garantizar la protección de la niñez, la adolescencia y las mujeres frente a todo tipo de violencia”;

Que, la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, modificada por el artículo 1 de la Ley Nº 29430, establece disposiciones con el objeto de prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones laborales, cualquiera sea la forma jurídica de esta relación;

Que, asimismo, el Reglamento de la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, aprobado con Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, en el Capítulo III del Título III, establece el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual en el sector público, el cual es aplicable a todos los servidores sujetos al procedimiento administrativo disciplinario previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y sus normas complementarias; asimismo, tales disposiciones rigen para quienes realizan prácticas pre profesionales en los que resulten aplicables;

Que, por medio de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 144-2019-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR aprueba los “Lineamientos para la prevención denuncia, atención, investigación y sanción del hostigamiento sexual en las Entidades Públicas”, que tiene por objeto regular las acciones de prevención, denuncia, atención, investigación y sanción del hostigamiento sexual en las entidades públicas, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su Reglamento;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 053-2019-MINAM, se aprobó el documento denominado “Lineamientos para la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual en el Sector Ambiental”;

Que, con Informe N° 00075-2020-MINAM/SG/OGRH la Oficina General de Recursos Humanos, como responsable de la gestión de los recursos humanos en la entidad, remite una propuesta de actualización de lineamientos sobre la prevención y tratamiento ante conductas de hostigamiento sexual en el Ministerio del Ambiente, el cual promoverá la igualdad de género y garantizará la protección de la víctima y testigos en los procedimientos administrativos disciplinarios que sancionen estas manifestaciones de hostigamiento sexual;

Que, a través del Memorando N° 00241-2020-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00060-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación de los citados Lineamientos, señalando que debe dejarse sin efecto la Resolución Ministerial N° 053-2019-MINAM;

Que, con Informe N° 00100-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la referida propuesta, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Ministerial N° 053-2019-MINAM;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual; el Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27942; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento denominado “Lineamientos que establecen disposiciones sobre Acciones de Prevención, Denuncia, Investigación y Sanción por Conductas de Hostigamiento Sexual en el Ministerio del Ambiente”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 053-2019-MINAM.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Fabiola Muñoz Dodero

Ministra del Ambiente

1864047-1