Declaran concluido el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
RESOLUCIÓN Nº 0134-2020-JNE
Lima, nueve de marzo de dos mil veinte.
VISTOS los informes finales de los presidentes de los 60 Jurados Electorales Especiales instalados con motivo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020.
ANTECEDENTES
Convocatoria al proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
Mediante Decreto Supremo N.º 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, el 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República dispuso la disolución del Congreso correspondiente al periodo constitucional 2016-2021 y convocó a elecciones para un nuevo Congreso, para el domingo 26 de enero de 2020, con la finalidad de elegir congresistas de la República que completen el referido periodo.
Administración de justicia electoral
Con la Resolución N.º 0154-2019-JNE, de fecha 7 de octubre de 2019, se establecieron, para este proceso electoral, 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las cuales se constituyeron igual número de Jurados Electorales Especiales (JEE) que se instalaron progresivamente, de acuerdo con las competencias asignadas y el cronograma del proceso electoral aprobado mediante la Resolución N.º 0155-2019-JNE, de fecha 10 de octubre de 2019.
CONSIDERANDOS
1. El domingo 26 de enero de 2020, se llevaron a cabo las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, bajo el sistema de distrito electoral múltiple que, para este caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), considera 26 circunscripciones o distritos electorales: Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima y residentes en el extranjero, Lima provincias, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.
2. Durante el proceso electoral, los JEE cumplieron con conocer, según su competencia y a medida que avanzaba cada etapa del cronograma electoral, la inscripción de candidatos, resolución de tachas, exclusiones, actas observadas y otras materias derivadas del proceso electoral; asimismo, emitieron las respectivas actas descentralizadas de proclamación de resultados correspondientes a la votación emitida en el ámbito de su competencia territorial.
3. De esta forma, recibidas las actas descentralizadas de proclamación de resultados de los 60 JEE y los resultados del cómputo remitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y luego de verificar que se hubieran resuelto todos los recursos presentados por los personeros de las organizaciones políticas participantes, el Jurado Nacional de Elecciones cumplió con su función prevista en el artículo 178, numeral 5, de la Constitución Política del Perú, y el artículo 5, literal i, de su Ley Orgánica, Ley N.º 26486, de proclamar y entregar credenciales a los candidatos electos que ejercerán el cargo de congresistas de la República hasta culminar el periodo constitucional 2016-2021, conforme se detalla en la Resolución N.º 0133-2020-JNE, de fecha 28 de febrero de 2020, publicada en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, en la misma fecha.
4. Finalmente, actuando con arreglo a los artículos 48 y 334 de la LOE, los JEE han presentado sus informes finales y han entregado las respectivas rendiciones de gastos, con lo que se tiene por culminadas las actividades correspondientes al proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, dado lo cual, este órgano colegiado debe proceder a declarar su conclusión, conforme lo señala el artículo 79 de la misma ley.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DECLARAR concluido el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, convocado mediante el Decreto Supremo N.º 165-2019-PCM.
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la República, del Congreso de la República, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se estime pertinentes.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Ramos Yzaguirre
Secretaria General (e)
1862803-1