Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba el Proyecto de Reglamento y Plan Anual de Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Basados en Resultados del Gobierno Regional de Arequipa para el Año Fiscal 2021

Ordenanza que aprueba el Proyecto de Reglamento y Plan Anual de Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Basados en Resultados del Gobierno Regional de Arequipa para el Año Fiscal 2021

Ordenanza Regional

Nº 422-AREQUIPA

El Consejo Regional de Arequipa

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Ordenanza Regional que aprueba el Proyecto

de Reglamento y Plan Anual de Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Basados en Resultados del Gobierno Regional de Arequipa

para el Año Fiscal 2021

Articulo 1°.- APROBAR el Proyecto de Reglamento y Plan Anual de Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Basados en Resultados del Gobierno Regional de Arequipa para el Año Fiscal 2021 que comprende de Diecisiete (17) Artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias y Finales que en anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional.

Articulo 2°.- DEROGAR, sus normas modificatorias y demás disposiciones que se opongan a la presente norma regional.

Articulo 3°.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Articulo 4°.- DISPONER La publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial “El Peruano” como en el diario de Avisos Judiciales, en este sentido, se encarga que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se suplique en la página web Institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 01-2009-JUS.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los veinticinco días del mes de febrero del 2020.

T. WUILE AYÑAYANQUE ROSAS

Presidente del Consejo Regional de Arequipa

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los tres días del mes de marzo del dos mil veinte.

ELMER CACERES LLICA

Gobernador del Gobierno

Regional de Arequipa

1862270-1