Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT para participar en evento a realizarse en Argentina

Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT para participar en evento a realizarse en Argentina

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 050-2020/SUNAT

AUTORIZA VIAJE DE TRABAJADORA

DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA PARA PARTICIPAR EN EL

“PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN

ECONOMÍA EN EFECTIVO – TÉCNICAS

DE INVESTIGACIÓN” A REALIZARSE

EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES,

REPÚBLICA ARGENTINA

Lima, 5 de marzo de 2020

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación de fecha 9 de diciembre de 2019 la Academia Latinoamericana de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE para la Investigación de Delitos Tributarios y Financieros cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT para participar en el “Programa de Especialización en Economía en Efectivo – Técnicas de Investigación”, a realizarse del 9 al 18 de marzo de 2020 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina;

Que el citado evento tiene como objetivo conocer las técnicas de investigación de los delitos relacionados con la economía en efectivo, los sistemas electrónicos de supresión de ventas, los flujos financieros ilícitos y el producto de los delitos financieros, así como los indicadores de riesgo, las técnicas electrónicas de investigación, los métodos de prueba, la verificación indirecta de los ingresos y los enfoques legislativo y procesal de la economía en efectivo;

Que la participación de la SUNAT se encuentra alineada con el objetivo estratégico institucional de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, toda vez que brindará a los participantes un profundo conocimiento respecto a una amplia variedad de cuestiones a las que se enfrentan los inspectores públicos de delitos tributarios y financieros, así como las respuestas a dichas cuestiones y las herramientas disponibles, lo cual tendrá un impacto positivo en la recaudación;

Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al informe técnico adjunto al Memorándum Electrónico Nº 00013-2020-7A0000 de fecha 24 de febrero de 2020, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento de la trabajadora Lisbeth López Arenas, Especialista 1 de la División de Análisis de Casos Especiales de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos;

Que la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, decreto que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que, durante dicho año fiscal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en el citado decreto de urgencia no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT;

Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, dispone que la SUNAT mediante resolución de superintendencia autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;

Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 282-2019/SUNAT, resulta necesario, por razones de itinerario, autorizar el viaje de la mencionada trabajadora del 8 al 19 de marzo de 2020, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos;

De conformidad con lo dispuesto por la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la trabajadora Lisbeth López Arenas, del 8 al 19 de marzo de 2020, para participar en el “Programa de Especialización en Economía en Efectivo – Técnicas de Investigación”, a realizarse del 9 al 18 de marzo de 2020 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos US$ 943,58

Viáticos US$ 4 070,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante la titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ

Superintendenta Nacional

1862453-1