Establecen cronograma de Rol de Turno del Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra, correspondiente al periodo marzo 2020 - enero 2021
Corte Superior de Justicia
de Ventanilla
Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Ventanilla
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000081-2020-P-CSJV-PJ
Ventanilla, 2 de marzo del 2020
VISTOS: La Resolución Administrativa N° 490-2019-CE-PJ, la Resolución Administrativa N° 73-2020-P-CSJV-PJ, la Resolución Administrativa N° 9-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, el Oficio N° 91-2020-AMP-CSJV-PJ, el Informe N° 23-2020-COOR-JIP-CPP-YMVH; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante la Resolución Administrativa N° 490-2019-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de enero de 2020, se dispusó incorporar a partir del 3 de marzo de 2020, el Distrito de Puente Piedra del Distrito Judicial de Lima Norte, a la competencia territorial del Distrito Judicial de Ventanilla, la cual, a partir de la citada fecha, se denominará Distrito Judicial de Puente Piedra - Ventanilla, por preeminencia en su fecha de creación. En ese sentido, este Despacho emitió la Resolución Administrativa N° 73-2020-P-CSJV/PJ, de fecha 18 de febrero de 2020, disponiendo los lineamientos para dicha incorporación del distrito de Puente Piedra.
Segundo.- Mediante la Resolución Administrativa N° 9-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte aprobó el cronograma de turnos para las jornadas extraordinarias del año 2020 para los jueces, servidores (jurisdiccionales y administrativos) del Módulo Penal de la Sede Central; así como, de las sedes periféricas (jornada extraordinaria) donde se encuentre ubicados los diversos órganos jurisdiccionales del NCPP.
Tercero.- No obstante, la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, a partir del 3 de marzo de 2020, ante la incorporación del distrito de Puente Piedra, debe modificar la programación del turno penal aprobado por la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, mediante la Resolución Administrativa N° 9-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ, ya que la misma debe concordar con lo dispuesto en las resoluciones administrativas Nros 288-2016-CE-PJ y 261-2018-CE-PJ, respectivamente.
Cuarto.- En ese sentido, la Resolución administrativa N° 261-2018-CE-PJ, en su artículo primero dispone: Que en las sedes y/o sub sedes judiciales que cuenten con menos de tres Juzgados de Investigación Preparatoria, incluidos los órganos jurisdiccionales subespecialidades, deberán compartir entre todos aleatoriamente el turno judicial extraordinario.
Quinto.- Del mismo modo, en el artículo tercero de la citada resolución se establece lo siguiente: Que el turno judicial extraordinario al que se hace referencia será de duración quincenal, el mismo que se iniciará al vencimiento del quincuagésimo día, al minuto siguiente de concluida la jornada laboral ordinaria, según horario dispuesto por cada sede judicial; concluyendo asimismo al quincuagésimo día de iniciado el turno anterior; y se regirá por los lineamientos establecidos en la Resolución Administrativa N° 288-2016-CE-PJ, en lo que corresponda” (Énfasis agregado).
Sexto.- Dicho esto, el Administrador del Módulo Penal mediante el Oficio N° 91-2020-AMP-CSJV-PJ, remite el Informe N° 23-2020-COOR-JIP-CPP-YMVH, elaborado por la Coordinadora de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Ventanilla, a través del cual eleva la propuesta para la modificación del Rol de Turno Penal para el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra, considerando que en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra (CISAJ) se tiene dos Juzgados de Investigación Preparatoria.
Sétimo.- En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente.
Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ESTABLECER, con efectividad a partir de las 00:00 horas del día 03 de marzo de 2020, el cronograma de Rol de Turno del Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de Puente Piedra, correspondiente al periodo marzo 2020 - enero 2021, por un periodo de quince (15) días cada uno, según el siguiente orden:
N° |
PERIODO |
ORGANO JURISDICCIONAL |
1 |
03 MARZO - 09 MARZO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
2 |
09 MARZO - 16 MARZO |
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3 |
16 MARZO - 23 MARZO |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
4 |
23 MARZO - 30 MARZO |
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5 |
30 MARZO - 06 ABRIL |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
6 |
06 ABRIL - 13 ABRIL |
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7 |
13 ABRIL - 20 ABRIL |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
8 |
20 ABRIL - 27 ABRIL |
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9 |
27 ABRIL - 4 MAYO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
10 |
4 MAYO - 11 MAYO |
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11 |
11 MAYO - 18 MAYO |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
12 |
18 MAYO - 25 MAYO |
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13 |
25 MAYO - 01 JUNIO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
14 |
01 JUNIO - 08 JUNIO |
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15 |
08 JUNIO - 15 JUNIO |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
16 |
15 JUNIO - 22 JUNIO |
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17 |
22 JUNIO - 29 JUNIO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
18 |
29 JUNIO - 06 JULIO |
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19 |
06 JULIO - 13 JULIO |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
20 |
13 JULIO - 20 JULIO |
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21 |
20 JULIO - 27 JULIO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
22 |
27 JULIO - 03 AGOSTO |
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23 |
03 AGOSTO - 10 AGOSTO |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
24 |
10 AGOSTO - 17 AGOSTO |
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25 |
17 AGOSTO - 24 AGOSTO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
26 |
24 AGOSTO - 31 AGOSTO |
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27 |
31 AGOSTO - 7 SETIEMBRE |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
28 |
7 SETIEMBRE - 14 SETIEMBRE |
|
29 |
14 SETIEMBRE - 21 SETIEMBRE |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
30 |
21 SETIEMBRE - 28 SETIEMBRE |
|
31 |
28 SETIEMBRE - 5 OCTUBRE |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
32 |
5 OCTUBRE - 12 OCTUBRE |
|
33 |
12 OCTUBRE - 19 OCTUBRE |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
34 |
19 OCTUBRE - 26 OCTUBRE |
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35 |
26 OCTUBRE - 02 NOVIEMBRE |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
36 |
02 NOVIEMBRE - 09 NOVIEMBRE |
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37 |
09 NOVIEMBRE - 16 NOVIEMBRE |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
38 |
16 NOVIEMBRE - 23 NOVIEMBRE |
|
39 |
23 NOVIEMBRE - 30 NOVIEMBRE |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
40 |
30 NOVIEMBRE - 07 DICIEMBRE |
|
41 |
07 DICIEMBRE - 14 DICIEMBRE |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
42 |
14 DICIEMBRE - 21 DICIEMBRE |
|
43 |
21 DICIEMBRE - 28 DICIEMBRE |
JIP PERMANENTE DE PUENTE PIEDRA |
44 |
28 DICIEMBRE - 04 ENERO |
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45 |
04 ENERO - 11 ENERO |
JIP TRANSITORIO DE PUENTE PIEDRA |
46 |
11 ENERO - 18 ENERO |
Artículo Segundo.- PRECISAR que el turno opera desde las 17:01 horas hasta las 07:59 horas; no obstante, excepcionalmente, el 3 de marzo de 2020 operará desde las 00:00 horas.
Artículo Tercero.- PONER en conocimiento la presente Resolución Administrativa de la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales, Dirección de la Defensa Publica y Acceso a la Justicia, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal, Administración del Módulo Penal y de los magistrados interesados del Distrito Judicial de Puente Piedra - Ventanilla .
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.-
CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON
Presidente
1862476-4