UNIVERSIDAD NACIONAL
FEDERICO VILLARREAL
Secretaría General
RESOLUCIÓN R. Nº 7212-2020-CU-UNFV
San Miguel, 21 de febrero de 2020
Visto, el expediente con NT. 112542 de fecha de recepción 18.12.2019, seguido por doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER, egresada de la ex Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Licenciado en Enfermería, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y
CONSIDERANDO:
Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;
Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;
Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad;
Que, mediante documento recepcionado en fecha 18.12.2019, doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER solicitó duplicado de diploma de Título de Licenciado en Enfermería, el cual fue expedido por esta Universidad el 24.04.1990, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia del diploma del Título de Licenciado en Enfermería, Constancia de autenticidad expedida por el Secretario General, así como el recibo de pago del derecho correspondiente;
Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio N° 0007-2020-OGT-SG-UNFV de fecha 06.01.2020, señala que se expidió con fecha 24.04.1990 el Diploma de Título de Licenciado en Enfermería a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 25, Folio N° 85 y Registro N° 20029, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del referido diploma, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley N° 28626;
En mérito a la opinión favorable de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal N° 004-2020-OCAJ-UNFV, de fecha 09.01.2020, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe N° 039-2020-VRAC-UNFV, de fecha 16.01.2020 y estando a lo dispuesto por el señor Rector mediante Proveído Nº 0284-2020-R-UNFV, de fecha 16.01.2020; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 118, de fecha 29.01.2020, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Enfermería, otorgado por la ex Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER;
De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. N° 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Enfermería, otorgado por la ex Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 25, Folio Nº 85, Registro Nº 20029 fecha de expedición 24.04.1990, el cual obra en la referida Oficina.
Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR.
Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO
Rector
ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA
Secretario General (e)
1861535-4