Prorrogan plazo de vencimiento para el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 002-2020/MDL
Lurigancho, 28 de febrero de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LURIGANCHO;
CONSIDERANDO
Que, mediante Ordenanza N° 293-MDL se estableció el calendario, monto mínimo y derechos de gastos administrativos del impuesto predial y tasa de arbitrios en el Distrito de Lurigancho para el ejercicio fiscal 2020, precisando el viernes 28 de febrero del 2020 como la fecha de vencimiento del Primer Trimestre;
Que, mediante Informe Nº 067-2020/MDL-GR, el Gerente de Rentas pone de conocimiento de Gerencia Municipal que a la fecha no todos los contribuyentes han recibido sus cuponeras de pago 2020, por lo que pide PRORROGA DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PRIMER TRIMESTRE PARA EL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES (IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS) DEL AÑO 2020 HASTA EL 31 DE MARZO DEL PRESENTE;
Que, mediante el Informe N°162-2020-MDL/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa que habiéndose establecido en la citada ordenanza las fechas de pago de los referidos tributos, el Artículo 4º de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipales, dispone que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones y el Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. N°133-2013-EF establece que el plazo para el pago de las deudas tributarias podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria. En consecuencia, dice el mismo informe, por las razones expuestas por la Gerencia de Rentas y disposiciones citadas, somos de la opinión que no existiendo impedimento legal es procedente la prorroga propuesta; por lo que el Señor Alcalde, mediante decreto, puede prorrogar el plazo de vencimiento de pago del primer trimestre del impuesto predial y arbitrios municipales hasta el 31 de marzo del presente ejercicio fiscal;
Que, a través del Memorandum N° 394-2020/MDL-GM, el Gerente Municipal dispone que mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue la fecha de Vencimiento del Primer Trimestre para el Pago de los Tributos Municipales (Impuesto Predial y Arbitrios) del Año 2020, hasta el 31 de marzo del presente; y
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972;
SE DECRETA:
Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento para el pago del PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2020 hasta el 31 de marzo del presente año.
Segundo.- DISPONER el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas.
Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica la publicación en el portal institucional de la Municipalidad; de la misma manera a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas su correspondiente difusión.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ
Alcalde
1861457-1