Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº430-MDC, que otorga beneficios tributarios y administrativos en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2020-A/MDC
Carabayllo, 27 de febrero de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CARABAYLLO
VISTOS: El informe N°114-2020-GAT-MDC, de fecha 21 de febrero de 2020, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal N°112-2020-GAJ/MDC, de fecha 26 de febrero de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum N°136-2020-GM/MDC, de fecha 27 de febrero de 2020, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la Ordenanza Nº 430-MDC; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº430-MDC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de enero de 2020, se otorgaron beneficios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma el 29 de febrero de 2020;
Que, mediante informe Nº 124-2020-SGREC-GATR-MDC de fecha 20 de febrero de 2020, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva manifiesta que los beneficios otorgados han resultado convenientes y viables, toda vez que existe respuesta positiva de los vecinos en cuanto a su acogimiento para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas; por lo que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, es de la opinión de prorrogar los beneficios señalados en la Ordenanza Nº430-MDC, a fin de dar facilidades a los contribuyentes que deseen regularizar el pago de las deudas vencidas por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Cuotas de Fraccionamiento y Resoluciones de Sanción y de esta esta manera asegurar el cumplimiento de las metas institucionales de recaudación;
Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº430-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda dictar medidas complementarias para su aplicación, así como para disponer la prórroga del plazo de vigencia;
Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de abril de 2020, la vigencia de la Ordenanza Nº430-MDC que otorga beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo.
Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a ley.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario oficial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ
Alcalde
1861527-1