Autorizan viaje del alcalde a Italia, Francia, Bélgica y España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 003-2020-MPU-CM-SEO
Contamana, 11 de febrero de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE UCAYALI:
POR CUANTO
El Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de febrero del 2020.
VISTO, el Oficio Múltiple Nº 05-2020-/REMURPE de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú, suscrito por el Presidente de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales (REMURPE) Señor VICTOR ANDRES VILLAR NARRO, mediante el cual Invita al Alcalde Provincial de Ucayali, Señor HÉCTOR SOTO GARCIA, a participar de la IV MISION DE PROSPECCION DE EMPRENDIMIENTO RURAL EN EUROPA para visitar Italia, Francia, Bélgica y España, entre el 17 al 28 de abril del 2020; con el objetivo de promover la prospección comercial, inversión privada, cooperación al desarrollo, intercambio científico y tecnológico, que beneficiará a las comunidades de los territorios productivos locales del Perú, el mismo que no irrogará gastos a la Municipalidad Provincial de Ucayali.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por las leyes Nº 28607 y 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme al artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, señala que es atribución del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;
Que, la Ley Nº 27619 tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE;
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27619 dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, en tanto que el artículo 3 establece que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en calidad de comisión de servicios, al Señor HECTOR SOTO GARCIA, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ucayali, desde el 17 al 28 de abril del 2020; con el objetivo de promover la prospección comercial, inversión privada, cooperación al desarrollo, intercambio científico y tecnológico, que beneficiará a las comunidades de los territorios productivos locales del Perú.
Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos de viaje, de alojamiento y alimentación serán asumidos por los organizadores del evento; autorizándose al Alcalde a hacer uso de los gastos de representación de acuerdo a las normas legales vigentes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo.
POR TANTO
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
HÉCTOR SOTO GARCÍA
Alcalde
1860616-1