Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2021 basado en resultados del Gobierno Regional del Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 001
Callao, 27 de febrero de 2020
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DEL CALLAO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Extraordinaria del 27 de Febrero de 2020.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones;
Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Artículo 32º establece que la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente;
Que, la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificada mediante la Ley N° 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF y modificado mediante Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, definen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo;
Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, y que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, con la finalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y presupuesto participativo;
Que, la Oficina de Planificación y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante el Informe Nº 36-2020-GRC/GRPPAT/OP y el Memorando Nº 475-2020-REGION CALLAO/GRPPAT ambos de fecha 12 de Febrero de 2020, recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 173-2020-GRC/GAJ, de fecha 20 de febrero del 2020, considera que resulta procedente la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento del Proceso Participativo 2021 Basado en Resultados del Gobierno Regional del Callao, el cual consta de Trece Capítulos, Treinta Artículos y Cuatro Disposiciones Finales, procediendo a su visación;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2021 BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2021 Basado en Resultados del Gobierno Regional del Callao, el cual consta de Trece Capítulos, Treinta Artículos y Cuatro Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, cuyo texto se publica en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe.
Artículo 2º.- Encárguese a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional y el Reglamento precitado en el artículo anterior, en el portal institucional www.regioncallao.gob.pe.
Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la adopción de las acciones pertinentes a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
DANTE MANDRIOTTI CASTRO
Gobernador
1860338-1