Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Japón, en comisión de servicios
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 036-2020-MINCETUR
San Isidro, 5 de febrero de 2020
Visto, el Oficio N° 069-2020-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ).
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Comercial de PROMPERÚ, se ha organizado conjuntamente con empresas agroexportadoras, la participación en la Feria Internacional “FOODEX JAPAN 2020”, a realizarse del 10 al 13 de marzo de 2020, en la ciudad de Tokio, Estado del Japón, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de alimentos; asimismo, el día 9 de marzo del año en curso, se realizarán acciones previas necesarias para la óptima presentación y que cautelen el cumplimiento de los objetivos de la participación del referido evento;
Que, es importante la participación en dicha feria, por tratarse de la exposición más grande de Asia de alimentos y bebidas, lo que permitirá un incremento en las relaciones comerciales entre exportadores peruanos y compradores de la región asiática, en especial para los alimentos saludables y novedosos, además de posicionar al Perú como un país productor de alimentos de alto valor nutritivo;
Que, en tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de las señoritas Janet Tatiana Veli Ponce y Vanitty Danitza Porras Arce, quienes labora en la Subdirección de Promoción Comercial y en la Oficina de Producción, respectivamente, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la referida feria, realizando acciones de promoción de exportaciones;
Que, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2020, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Tokio, Estado del Japón, de las señoritas Janet Tatiana Veli Ponce y Vanitty Danitza Porras Arce, del 7 al 14 de marzo de 2020, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la Feria Internacional “FOODEX JAPAN 2020” que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de exportaciones.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Continente |
Viáticos día US$ |
Nro. días |
Total Viáticos US$ |
Janet Tatiana |
1 243,64 |
Asia |
500,00 |
6 |
3 000,00 |
Vanitty Danitza Porras Arce |
1 243,64 |
500,00 |
6 |
3 000,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
1852955-1