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Amplían fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2020

Amplían fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2020

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2020-A-MDMM

Magdalena del Mar, 26 de febrero del 2020

EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR

VISTOS: El Informe N° 057-2020-SGFT-GATR-MDMM de fecha 24 de Febrero del 2020 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Memorando N° 081-2020-GATR-MDMM de fecha 25 de Febrero del 2020 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, así como el Informe N° 161-2020-MDMM-GAJ de fecha 25 de Febrero del 2020 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en sus Artículos 74° y 194° reconoce a los Gobierno Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Ordenanza N° 080-2019-MDMM publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 18 de Enero del 2020, se fijó el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio 2020;

Que, el Artículo Tercero de la norma acotada en el párrafo precedente, establece como “Incentivos para el Pago” para el presente año, el descuento del 15% si los contribuyentes cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2020 e Impuesto Predial 2020, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial; así como, si cancela de manera total anual los Arbitrios Municipales 2020 el descuento será del 10%; y el descuento del 8% si cancelan un semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2020 dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial;

Que, asimismo se establecen las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado y en forma fraccionada; y de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de Enero y Febrero, con fecha de vencimiento, el día 29 de febrero del 2020.

Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 080-2019-MDMM faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la indicada Ordenanza, y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso;

Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo de fechas de vencimiento de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, teniendo en cuenta la desaceleración de la economía, otros factores externos y coyunturales, así como encontrarse en proceso los pagos de matriculas escolares, pagos tributarios del Gobierno Central, entre otras obligaciones, resulta conveniente otorgar a nuestros Contribuyentes, las máximas facilidades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias ante la Corporación Edil:

Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2020, según el siguiente detalle:

IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES

Pago al Contado : Martes, 31 de marzo de 2020 Enero : Martes, 31 de marzo de 2020

Febrero : Martes, 31 de marzo de 2020

Pago Fraccionado

Primera Cuota : Martes, 31 de marzo de 2020

Artículo Segundo.- Los beneficios establecidos en el Articulo Tercero de la Ordenanza N° 080-2019-MDMM, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de sus Subgerencias y a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe).

POR TANTO

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ

Alcalde

1860446-1