Autorizan transferencias financieras a favor de Entidades Ejecutoras para financiar diversas actividades
Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 015-2020-DV-PE
Lima, 28 de febrero de 2020
VISTO:
El Memorando N° 000268-2020-DV-DATE, mediante la cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla las Actividades, Entidades Ejecutoras e importes a ser transferidos, y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;
Que, el literal e) del numeral 17.1 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 17.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el numeral 17.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 17.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;
Que, mediante Informe N° 000008-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de las actividades que serán financiadas con recursos de la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios”, la misma que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva;
Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2020, DEVIDA suscribió Adendas con las Entidades Ejecutoras para la ejecución actividades, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCO CON 00/100 SOLES (4’370,905.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencias financieras;
Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal N° 00412, 00414, 00415, 00416 y 00417, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable N° 0000025-2020-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad de los Planes Operativos de las Actividades;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los POAs aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos;
Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias financieras hasta por la suma total de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CINCO CON 00/100 SOLES (4’370,905.00), para financiar las Actividades a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias financieras autorizadas por el Artículo Primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios”.
Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de las Actividades descritas en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
FIDEL PINTADO PASAPERA
Presidente Ejecutivo (e)
ANEXO N° 01
TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL
“PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS”
NRO. |
ENTIDAD EJECUTORA |
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD / PROYECTO |
MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ |
01 |
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCHIZA |
ACTIVIDAD: “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS ALTERNATIVOS SOSTENIBLES EN LA ZONA PRODUCTIVA DE PLÁTANO EN EL DISTRITO DE UCHIZA – PROVINCIA DE TOCACHE, DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN” |
800,000.00 |
02 |
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE DANIEL ALOMIA ROBLES |
ACTIVIDAD: “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CADENA DE VALOR DEL CAFÉ DEL DISTRITO DE DANIEL ALOMÍA ROBLES, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO- REGIÓN HUÁNUCO” |
770,904.88 |
03 |
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUYANDO |
ACTIVIDAD: “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DEL CACAO EN EL DISTRITO DE LUYANDO, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGIÓN HUÁNUCO” |
800,000.00 |
04 |
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CONSTITUCION |
ACTIVIDAD: “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CADENA DE VALOR DEL CULTIVO DE CACAO, EN EL DISTRITO DE CONSTITUCIÓN, PROVINCIA DE OXAPAMPA , REGIÓN PASCO” |
800,000.00 |
05 |
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA |
ACTIVIDAD: “CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE LOS CULTIVOS DE CAFÉ Y FRUTALES EN EL DISTRITO DE SANDÍA- PROVINCIA DE SANDIA – PUNO” |
1’200,000.00 |
TOTAL |
4'370,904.88 |
1860453-1