Autorizan la publicación del proyecto de modificación del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por D.S. N° 042-2017-EM y su exposición de motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 071-2020-MINEM/DM
Lima, 27 de febrero de 2020
VISTOS: El Informe N° 102-2020/MINEM-DGAAM-DGAM-DEAM de fecha 25 de febrero de 2020, de las Direcciones de Evaluación Ambiental de Minería y de Gestión Ambiental de Minería de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros y, el Informe Legal N° 144-2020-MINEM/OGAJ de fecha 26 de febrero de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece, entre otras competencias del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, el MINEM), aprobar las disposiciones normativas que le correspondan;
Que, el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2017-EM, tiene por objeto normar los aspectos ambientales de las actividades de exploración minera, a fin de asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental sobre prevención, minimización, mitigación, rehabilitación, remediación y compensación de los impactos ambientales negativos derivados de las actividades de exploración minera, así como las actividades de cierre y post cierre, en caso correspondan;
Que, el MINEM tiene entre sus funciones específicas la de promover la inversión sostenible y las actividades del sector; así como ejercer la potestad de autoridad sectorial ambiental para las actividades de minería, en concordancia con los lineamientos de política y las normas nacionales establecidas por el Ministerio del Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 7.1. y 7.6. del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias;
Que, en vista a las funciones específicas del MINEM antes descritas, mediante Informe N° 102-2020/MINEM-DGAAM-DGAM-DEAM, las Direcciones de Evaluación Ambiental de Minería y de Gestión Ambiental de Minería de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, proponen la modificación del artículo Único del Título Preliminar, los artículos 6, 10 16, 21, 39, 44, 56, 58, 60, 62, 63, 68 y la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2017-EM, debido a que ambas Direcciones han advertido la necesidad de realizar ajustes de índole técnico al citado dispositivo normativo;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, dispone que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales o que tengan efectos ambientales, tal y como sucede en el presente caso, deben ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones o sugerencias de los interesados, mediante el aviso de publicación del proyecto, el cual deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un mínimo de diez (10) días útiles;
Que, asimismo, el numeral 2 del artículo 14 Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que la publicación de los proyectos de normas de carácter general, deben contener: (i) La referencia a la entidad pública bajo la cual se propone el proyecto normativo; (ii) El documento que contiene el proyecto de norma, su exposición de motivos y la descripción de los temas que involucra; (iii) El plazo para la recepción de los comentarios y la persona dentro de la entidad pública que los recibirá;
Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros solicita la publicación del proyecto de modificación del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2017-EM, lo cual resulta necesario realizar a fin de difundir dicho proyecto y recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones de la ciudadanía y los sectores especializados;
De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-MINEM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorízase la publicación del proyecto de modificación del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2017-EM y su Exposición de Motivos, los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Establécese un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía electrónica a la siguiente dirección de correo electrónico: NOTIFICACIONDGAAM@minem.gob.pe.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y del proyecto de modificación del Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2017-EM y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el citado Diario Oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILCA ACHATA
Ministra de Energía y Minas
1860136-1