Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0213-2020 DE/EP
Jesús María, 25 de febrero de 2020
VISTOS:
La Hoja Informativa Nº 022/DRIE/SECC RESOL del 10 de febrero de 2020, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen Nº 297-2020/OAJE/L-2, del 10 de febrero de 2020, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, desde el año 1999, el Perú es miembro de la Convención sobre la prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonales y sobre su destrucción, también conocida como la Convención de Ottawa. Con el Decreto Supremo Nº 113-2002- RE, y al ser un “Estado Parte” de la Convención, el Perú asume el compromiso de realizar el desminado de la frontera común con Ecuador, por lo que, el 1º de marzo de 1999, crea el Centro Peruano de Acción Contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS), entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, siendo este el ente encargado de proponer la política de Estado en materia de la acción integral contra las minas antipersonal en el Perú, así como de supervisar el cumplimiento de los objetivos de la Convención de Ottawa;
Que, con Oficio Nº RE (SAM) 2-20-E/409, del 28 de noviembre de 2019, el Secretario Técnico Alterno de Contraminas del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Director General de Desminado Humanitario; que, el Secretario General del Instituto Italo Latinoamericano (IILA) ha comunicado que el proyecto “Asistencia técnica y formación al Ejército Peruano en actividades de desminado humanitario” ha sido aprobado por la Dirección General para la Mundialización y las Cuestiones Globales (DGMO) del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional, entidad que financiará su ejecución;
Que, mediante carta Nº 40/53, del 17 de enero de 2020, el Secretario General del Instituto Italo Latinoamericano (IILA) comunica al Director General de Desminado Humanitario, la invitación para que seis (06) militares del Ejército del Perú participen en el proyecto denominado “Asistencia Técnica y Formación al Ejército Peruano en actividades de Desminado Humanitario”, a realizarse en la sede del Centro Nacional Interforze del Ejército Italiano (C-IED), ubicado en la ciudad de Roma, República Italiana, durante el periodo comprendido desde el 02 de marzo al 16 de marzo de 2020;
Que, con Hoja de Recomendación Nº 002-2020/COADNE/DIGEDEHUME del 29 de enero de 2020, el Comandante General del Ejército propuso la designación de (02) Oficiales y cuatro (04) técnicos y Sub-Oficiales que se detalla en la parte resolutiva, para participar en el proyecto denominado “Asistencia Técnica y Formación al Ejército Peruano en actividades de Desminado Humanitario”, a realizarse en la sede del Centro Nacional Interforze del Ejército Italiano (C-IED), ubicado en la ciudad de Roma, República Italiana, durante el periodo comprendido desde el 02 de marzo al 16 de marzo de 2020;
Que, conforme a la Exposición de Motivos, suscrita por el Director General de Desminado Humanitario del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar designado, por cuanto permitirá establecer las relaciones pertinentes con aquellas entidades pares en las actividades de desminado, que permitan alcanzar estándares internacionales, mejorar las técnicas de desminado orientados a la consecución de nuestros objetivos institucionales ante la Comunidad Internacional;
Que, teniendo en consideración los itinerarios y con el fin de prever la participación del personal militar designado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días posteriores al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Director General de Desminado Humanitario del 29 de enero de 2020, los gastos derivados por concepto de pago de viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, según a lo mencionado en la carta de invitación Nº 40/53, del 17 de enero de 2020, el Instituto Italo Latinoamericano (IILA) asumirá los gastos de pasajes aéreos (tanto de ida como de retorno), alojamiento en hotel durante diecisiete (17) noches, seguro y un pequeño viático para el personal militar designado; y, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo único de la Resolución Ministerial Nº 696-2013 DE/SG, donde se establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial; en ese sentido, corresponde otorgar el pago del 40% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-213-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Personal Militar del Ejército del Perú, para participar en el proyecto denominado “Asistencia Técnica y Formación al Ejército Peruano en actividades de Desminado Humanitario”, a realizarse en la sede del Centro Nacional Interforze del Ejército Italiano (C-IED), ubicado en la ciudad de Roma, República Italiana, durante el periodo comprendido desde el 02 de marzo al 16 de marzo de 2020; así como autorizar su salida del país el 29 de febrero de 2020 y su retorno al país el 18 de marzo de 2020; de acuerdo al detalle siguiente:
Nº |
GRADO |
NOMBRES Y APELLIDOS |
Nº DNI |
01 |
Teniente EP |
REÁTEGUI VALLADOLID Henry Michel |
45893451 |
02 |
Subteniente EP |
SANTOS RÍOS Carlos Miguel |
70111269 |
03 |
Técnico 2do EP |
CHAFLOQUE CORNEJO José Luis |
10860771 |
04 |
Técnico 2do EP |
SAAVEDRA CASTILLO Heberth |
43693768 |
05 |
Técnico 2do EP |
FLORES PASAPERA Milthon Cesar |
10023795 |
06 |
SubOficial 1ro EP |
GUTIÉRREZ CASTILLO Giuliano Fernando |
17638949 |
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2020, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Viáticos por Misión de Estudios en el Exterior (40%):
US$ 216.00 x 15 días x 06 personas (02 al 16 de
marzo de 2020) US$ 19,440.00
Total a pagar en Dólares Americanos US$ 19,440.00
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El personal designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa
1859676-1