Aprueban el Plan de Trabajo del año 2020 del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
Nº 028-2020-GM/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 27 de febrero de 2020
Visto:
El Informe N° 011-2020-GDA/MDSJL, de fecha 12 febrero de 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental, el Informe N° 040-2020-GP/MDSJL, de fecha 26 de Febrero 2020 de la Gerencia de Planificación, el informe N° 073-2020-GP/SGPP/MDSJL de fecha 25 de febrero del 2020, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 032-2020-GAJ/MDSJL de la fecha 27 de Febrero del 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y documentos conexos, sobre la aprobación del Plan de Trabajo Anual del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobiernos locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Y el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prescribe que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el párrafo 3.3. del numeral del artículo 73° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades dispone que son competencias y funciones específicas generales de los gobiernos locales promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles;
Que, el artículo 82° inciso 13 de la Ley N° 27972 concede a las municipalidades competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional para promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente, y
Estando a los expuesto, de conformidad con los dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza N°345/MDSJL y la Resolución Ministerial N° 456-2018-MINAM que aprueba el Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA,
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Plan de Trabajo del año 2020 del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, Sub Gerencia de Limpieza Pública y la Sub Gerencia de Medio Ambiente, parques y jardines, el cumplimiento con lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a sus competencias.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el portal de la municipalidad: www.munisjl.gob.pe
Regístrese, comuníquese y cúmplase
HERBERT H. FRITAS YAYA
Gerente Municipal
1859991-1