Prorrogan vigencia del incentivo de pronto pago, el vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2020 y la primera cuota para el pago fraccionado; asimismo, la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2020
Decreto de Alcaldía
N° 004-2020-MLV
La Victoria, 24 de febrero de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA
VICTORIA;
VISTOS: El Informe 020-2020-GSAT/MLV de la gerencia de administración tributaria; el Informe N° 117-2020-SGROC-GSAT/MLV de la subgerencia de registro y orientación al contribuyente; el Informe N° 88-2020-SGRYEC-GSAT/MLV de la subgerencia y ejecución coactiva; el Informe N° 119-2020-GAJ-MLV de la gerencia de asesoría jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el art. 194º de la Constitución Política y sus modificatorias en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el art. 39° de la ley antes mencionada, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; de este modo el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;
Que, mediante las Ordenanzas 329/MLV y 331/MLV publicadas el 30 de diciembre de 2020 en el diario oficial El Peruano, se aprobó los arbitrios de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques, jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2020, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 337-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Que, el art. 4° de la Ordenanza N° 335/MLV publicada el 6 de enero de 2020 en el diario oficial El Peruano, fija el calendario de pagos tributarios correspondiente al ejercicio 2020.
Que, el art. 5° de la ordenanza mencionada en el párrafo anterior establece los incentivos por pronto pago correspondiente al ejercicio 2020, de este modo la tercera disposición final de la citada ordenanza, faculta al alcalde para que mediante decreto de alcaldía se dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso.
Que, la gerencia de servicios de administración tributaria a través del Informe N.º 020 -2020-GSAT/MLV informa que resulta necesario proceder a extender la vigencia del incentivo de pronto pago, el vencimiento del pago al contado del impuesto predial 2020; así como de la primera cuota para el pago fraccionado, y de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales, hasta el 31 de marzo de 2020, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción.
Que, mediante Informe N° 119-2020-GAJ-MLV la gerencia de asesoría jurídica opina favorablemente respecto a la legalidad y factibilidad de la propuesta de prórroga de la ordenanza 335/MLV que establece fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial, arbitrios municipales e incentivos por pronto pago del ejercicio 2020, opinión que es compartida por la gerencia municipal mediante el proveído 0370-2020-GM;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2020 el incentivo por pronto pago, según lo establecido en el ítem 2 del art. 5 de la Ordenanza N° 335/MLV respecto al descuento del 10% sobre los arbitrios municipales.
Artículo Segundo.- Prorrogar la fecha de vencimiento del pago al contado del impuesto predial 2020 hasta el 31 de marzo de 2020, así como la primera cuota del impuesto predial 2020 para su pago fraccionado y de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2020.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente decreto en el diario oficial El Peruano y en su portal web (www.munilavictoria.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER
Alcalde
1859446-1