Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Martín de Porres aprobado por Ordenanza N° 1015
ORDENANZA N° 2247
Lima, 20 de febrero de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA:
POR CUANTO;
El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;
Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;
Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de Abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML;
Que, con Ordenanza Nº 1015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de mayo del 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del Distrito del Rímac que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana;
Que, con Expediente Nº 294070-2018, de fecha 19 de setiembre de 2018, el señor Gilberto Luis Torres Velarde, Gerente General de la Empresa TELEMUSICA S.A., solicita cambio de zonificación de Residencial de Densidad Alta (RDA) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 152.90 m², inscrito en la Partida N° P01161976, ubicado en la Av. Universitaria N° 309 (Av. Universitaria Norte Mz. 69, Lote 1), Zona 2° Zona, Asentamiento Humano Urbanización Perú, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086;
Que, con Oficio N° 934-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 10 de octubre de 2018, se solicita los resultados de la consulta vecinal y la opinión técnica, a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que habiéndose vencido el plazo se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9 de la Ordenanza N° 2086;
Que, con Oficio N° 644-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 25 de abril del 2019, se hace de conocimiento a la nueva gestión de la Municipalidad de San Martín de Porres, la solicitud de cambio de zonificación en mención, sin embargo, no se cuenta con el respectivo pronunciamiento del distrito;
Que, el Instituto Metropolitano de Planificación a través de la Dirección de Planificación Territorial, remite el Oficio N°0363-19-MML-IMP-DE de fecha 18 de marzo del 2019, adjuntando el Informe CEZ N°022-19-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 4 de marzo del 2019, mediante el cual emite opinión Favorable al cambio de zonificación solicitado, haciéndolo extensivo a 3 cuadras, señalando que: “Según las características físicas del predio en evaluación el uso es de oficinas administrativas.”; “Se reconoce que no existe intensidad comercial en la cuadra donde se ubica el predio evaluado frente a la Av. Universitaria, sin embargo también se reconoce que tampoco existe intensidad en gran cantidad de cuadras del eje vial de la Av. Universitaria pero tienen zonificación vigente de Comercio Zonal-CZ aprobado por Ord.N°1015-MML.”; “Así mismo, cabe destacar que de acuerdo al Plano de Zonificación vigente del distrito de San Martin de Porres aprobado por Ord. N°1015-MML, solo 3 cuadras de la Av. Universitaria tiene zonificación RDA y los equipamientos urbanos ubicados frente a dicha vía tienen la zonificación que les corresponde. Todo lo demás del eje vial Av. Universitaria tiene zonificación comercial del nivel CZ.”; “……es factible atender la presente solicitud… en base a la normativa de zonificación establecida predominantemente en el eje vial de la Av. Universitaria aprobado por la Ord. N°1015-MML.”; “…de considerar favorable el cambio de zonificación no se puede aplicar a un solo predio, mínimo el cambio de zonificación se tiene que extender a todo el frente de cuadra.”; “… se recomienda evaluar la posibilidad de extender el cambio de zonificación de RDA a CZ a un sector que involucra 3 cuadras ubicadas frente a la Av. Universitaria. (Tramo: desde la Av. Lima hasta la calle Parobamba)”;
Que, la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe Nº 374-2019-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 30 de setiembre de 2019, concluye que, el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Alta (RDA) a Comercio Zonal (CZ), del predio de 152.90 m2, ubicado en la Av. Universitaria N° 309 (Av. Universitaria Norte Mz. 69, Lote 1), Zona 2°, Asentamiento Humano Urbanización Perú, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, propiedad de la Empresa TELEMUSICA S.A., tiene opinión técnica favorable, por coincidir con la visión del distrito, de promover el desarrollo comercial ordenado e integrado del distrito, mejorando la competitividad de las pequeñas y microempresas, sus condiciones laborales y formalización, para la consolidación del uso comercial del eje Av. Universitaria, vía Arterial Metropolitana de la zona norte de Lima Metropolitana, del cual forma parte el predio, por lo que se propone hacerlo extensivo a los frentes de manzanas de la Av. Universitaria, en el tramo comprendido entre la Av. Lima y la calle Parobamba;
Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 131-2019-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL
DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES APROBADO POR ORDENANZA N° 1015
Artículo 1.- Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de San Martín de Porres, aprobado mediante Ordenanza N° 1015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de mayo de 2007, de Residencial de Densidad Alta (RDA) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 152.90 m², inscrito en la Partida N° P01161976, ubicado en la Av. Universitaria N° 309 (Av. Universitaria Norte Mz. 69, Lote 1), Zona 2°, Asentamiento Humano Urbanización Perú, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Empresa TELEMUSICA S.A., haciéndolo extensivo a los frentes de manzanas de la Av. Universitaria, en el tramo comprendido entre la Av. Lima y la Calle Parobamba; conforme al Anexo N° 01, que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de San Martín de Porres, la modificación aprobada en el Artículo 1 de la presente ordenanza.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres.
Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1859439-1