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Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Villa El Salvador aprobado por Ordenanza N° 933

Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Villa El Salvador aprobado por Ordenanza N° 933

ORDENANZA N° 2248

Lima, 20 de febrero de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;

Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de Abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911 constituye el marco normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de Lima, como municipalidad provincial, en el ejercicio de su función específica exclusiva en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, planificación urbana y zonificación de áreas urbanas, teniendo en cuenta además que la zonificación regula el uso y la ocupación dentro del ejercicio del derecho de propiedad predial, consignándose en los planos de zonificación, parámetros urbanísticos y edificatorios, índice de usos para la ubicación de actividades urbanas y sus reglamentos;

Que, con Ordenanza N° 933, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de mayo del 2006, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de Villa El Salvador, conformante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana;

Que, con Expediente Nº 39880-2019, de fecha de recepción 06 de febrero de 2019, la Empresa MAPFRE PERU VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, debidamente representada por el señor Marco Antonio Fiocco Fernández Dávila, identificado con DNI N° 07275156, solicita Cambio de Zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el terreno de 2,421.00 m2, en el Agrupamiento Pachacamac Parcela 3A, Sub Parcela 2 A fracción 5-6 Mz. IV lote 1, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zonificación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911;

Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Oficio N° 245-2019-MML-GDU-SPHU de 14 de febrero del 2019, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086, no obteniéndose la respuesta requerida por parte de la Municipalidad distrital.

Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, con Oficio N° 1201-19-MML-IMP-DE de fecha 28 de agosto de 2019, informa que su despacho ha elaborado el Informe CEZ Nº 054-2019-MML-IMP-DE/DGPT de 26 de agosto de 2019, el cual emite opinión Favorable al pedido de Cambio de Zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de recurso, recomendándose hacer extensivo la zonificación de CZ, a toda la manzana. Asimismo, se recomienda si se modifica la zonificación de I2 a CZ, que la industria que actualmente se encuentra en funcionamiento pueda continuar funcionando sin plazo de tiempo determinado y al término de dicha actividad industrial se incorpore los usos permitidos en zonificación de Comercio Zonal- CZ.

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe Nº 355-2019-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 13 de setiembre de 2019, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, emite opinión favorable el cual concluye que, el cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el predio ubicado en el Agrupamiento Pachacamac Parcela 3A, Sub Parcela 2 A fracción 5-6 Mz. IV lote 1, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, con un área de 2,421.00m2, de propiedad de la Empresa MAPFRE PERU VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, resulta Favorable, por cuanto, la zona con frente a la Av. Pachacútec, presenta una dinámica urbana con características comerciales que hace factible consolidar esta vía como un eje urbano de desarrollo económico, compatibles con la Zonificación de Comercio Zonal para el Área de Tratamiento Normativo I, siendo consecuente con la visión y los objetivos estratégicos de desarrollo del distrito referidos a fortalecer el desarrollo económico e incrementar los equipamientos de servicios de acuerdo a la dinámica actual de la ciudad. Asimismo, existe una tendencia a modificar el carácter original de este sector, con usos mixtos: comercial y residencial, que permita la reconversión de los lotes o manzanas industriales, conforme a lo establecido en las Ordenanzas N° 1862 y N° 933. Adicionalmente a ello, las condiciones como la dimensión del predio, la ubicación estratégica con frente a tres vías, siendo una de ellas, la Av. Pachacútec, así como la demanda de servicios complementarios, hacen posible que la presente propuesta de cambio de zonificación, contribuyan a generar un núcleo importante de servicios y actividades comerciales que permitirá, en un futuro cercano, el desarrollo del sector así como el correcto funcionamiento urbano de la zona.

Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 139-2019-MML-CMDUVN; con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL

DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR APROBADO POR ORDENANZA N° 933

Artículo 1.- Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza N° 933, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de mayo de 2006, de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 2,421.00m2, ubicado en el Agrupamiento Pachacamac Parcela 3A, Sub Parcela 2 A fracción 5-6 Mz. IV lote 1, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Empresa MAPFRE PERU VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS; conforme al anexo N° 1, que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de Villa El Salvador, la modificación aprobada en el artículo 1 de la presente Ordenanza,

Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General de Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1859438-1