Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican la R.M. N° 062-2020-PCM que autorizó viaje del Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI a la Confederación Suiza en comisión de servicios

Modifican la R.M. N° 062-2020-PCM, que autorizó viaje del Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI a la Confederación Suiza en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 070-2020-PCM

Lima, 27 de febrero de 2020

VISTO:

El Oficio Nº 080-2020-PRE/INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 062-2020-PCM de fecha 21 de febrero de 2020, se autorizó el viaje del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 2 al 7 de marzo del 2020, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza para participar en la septuagésima séptima sesión del Comité de Coordinación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que se realizará del 4 al 6 de marzo del 2020;

Que, con el Oficio OF. RE (OPM) N° 1-0-H/49, el Ministerio de Relaciones Exteriores remite la comunicación de fecha 27 de febrero del 2020, enviada por la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, en la que señala que debido a la expectativa generada por la presentación que realizará el señor Ivo Gagliuffi Piercechi ante el Comité de Coordinación de la OMPI, solicitan que el referido funcionario se encuentre en la ciudad de Ginebra desde el 02 de marzo de 2020, para que sostenga reuniones bilaterales con aquellas misiones permanentes identificadas por dicha Representación que tendrán un papel clave en las votaciones a celebrarse en la OMPI a partir del 04 de marzo del 2020;

Que, debido a la modificación del itinerario del viaje del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; es necesario modificar las fechas del viaje y el monto de los viáticos a ser otorgados;

Que, en consecuencia, es necesario modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 062-2020-PCM;

De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas el mediante Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; y, la Directiva Nº 001-2002-PCM, Directiva de Autorización de Viajes al Exterior, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 255- 2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 062-2020-PCM en los siguientes términos:

“Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 29 de febrero al 7 de marzo del 2020, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial.”

Artículo 2.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 062-2020-PCM en los siguientes términos:

“Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle:

Pasaje : US$ 2,030.00

Viáticos (US$ 540.00 x 1+5) : US$ 3,240.00”

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

Artículo 4.- Los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 062-2020-PCM se mantienen vigentes y surten sus efectos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS

Presidente del Consejo de Ministros

1860059-1