Conforman el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las actividades conmemorativas de la “IX Semana de la Inclusión Social”
Resolución Ministerial
Nº 042-2020-MIDIS
Lima, 25 de febrero de 2020.
VISTOS:
El Informe Nº 004-2020-MIDIS/GA del Gabinete de Asesores y el Informe Nº 049-2020-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 128-2012-MIDIS, se declara la tercera semana del mes de octubre de cada año como la “Semana de la Inclusión Social”, con el objeto de contar con un espacio de reflexión en torno a las experiencias y lecciones aprendidas sobre inclusión social, con especial énfasis en la situación de la población rural en extrema pobreza, como grupo poblacional que enfrenta dificultades relacionadas con la geografía y ausencia histórica de servicios básicos; el cual se encuentra vigente conforme a lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 147-2019-MIDIS;
Que, con el Informe Nº 004-2020-MIDIS/GA, el Gabinete de Asesores propone la conformación del Grupo de Trabajo que coadyuve a la realización adecuada y oportuna de la “IX Semana de la Inclusión Social” a realizarse en el presente año;
Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que para otras funciones que no sean las indicadas para las comisiones, como son de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes; el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo;
Que, por su parte, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, establece que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos;
Que, asimismo, el citado artículo 28 establece que los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside; siendo que los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, y se formaliza mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, en ese sentido, resulta pertinente constituir el Grupo de Trabajo encargado de diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las actividades que se realizarán en la “IX Semana de la Inclusión Social”;
Con el visado del Gabinete de Asesores, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Secretaría General, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformación del Grupo de Trabajo
Conformar el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las actividades conmemorativas de la “IX Semana de la Inclusión Social”, el cual está integrado por:
- El/La Jefe/a del Gabinete de Asesores, quien lo presidirá.
- El/La Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social.
- El/La Viceministro/a de Prestaciones Sociales.
- El/La Secretario/a General.
- El/La Jefe/a de la Oficina General de Administración.
- El/La Jefe/a de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales.
- El/La Jefe/a de la Oficina General de Comunicación Estratégica.
Artículo 2.- Funciones
El Grupo de Trabajo creado por el artículo 1 de la presente resolución, tiene como funciones, diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las actividades conmemorativas de la “IX Semana de la Inclusión Social”.
Realizadas las actividades conmemorativas antes señaladas, el Grupo de Trabajo presenta al Despacho Ministerial un Informe Final en el que se detallen las acciones efectuadas en cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución, y los resultados obtenidos, teniendo como plazo máximo para la presentación hasta el 30 de noviembre de 2020, con lo cual se dará por culminada sus funciones.
Artículo 3.- Instalación
El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicada la presente resolución.
Artículo 4.- Plan de Trabajo
En un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados desde el día siguiente de su instalación, el Grupo de Trabajo presenta al Despacho Ministerial un Plan de Trabajo que incluirá, entre otras acciones, la propuesta temática y denominación, el programa de actividades y el presupuesto tentativo para la celebración de la citada semana.
Artículo 5.- Cooperación de los programas nacionales, órganos y unidades orgánicas
Los programas nacionales, órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, deben brindar la información que les sea solicitada por el Grupo de Trabajo, así como otorgar las facilidades que dicho grupo les requiera para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1859032-1