Dan por terminadas las funciones del Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y ante el MERCOSUR
resolución suprema
n° 039-2020-re
Lima, 26 de febrero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2015-RE, de 20 de enero de 2015, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Augusto David Teodoro Arzubiaga Scheuch, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay, como Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), y ante el MERCOSUR, con residencia en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, desde el 15 de febrero de 2015;
Que, mediante Resolución Suprema N° 024-2020-RE, de 24 de enero de 2020, se dan por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Augusto David Teodoro Arzubiaga Scheuch, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0054-2020-RE, se fija el 15 de marzo de 2020, como la fecha de término de funciones del citado funcionario diplomático, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay; y,
De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Augusto David Teodoro Arzubiaga Scheuch, como Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), y ante el MERCOSUR, con residencia en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 15 de marzo de 2020.
Artículo 2.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
Gustavo Meza-Cuadra V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1859670-15