Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano sudafricano y disponen su presentación por vía diplomática a la República de Sudáfrica

Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano sudafricano y disponen su presentación por vía diplomática a la República de Sudáfrica

resolución suprema

n° 034-2020-jus

Lima, 26 de febrero de 2020

VISTO; el Informe Nº 039-2020/COE-TPC, del 14 de febrero de 2020, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano sudafricano ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF GATE o ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF a la República de Sudáfrica, formulada por el Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el cumplimiento de condena por el delito de homicidio culposo por omisión impropia, en agravio de Vanessa Ximena Caravedo Guidino y otros;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 13 de enero de 2020, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano sudafricano ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF GATE o ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF a la República de Sudáfrica, formulada por el Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el cumplimiento de condena por el delito de homicidio culposo por omisión impropia, en agravio de Vanessa Ximena Caravedo Guidino y otros (Expediente Nº 211-2019);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, mediante el Informe Nº 039-2020/COE-TPC, del 14 de febrero de 2020, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para el cumplimiento de condena por el delito de homicidio culposo por omisión impropia, en agravio de Vanessa Ximena Caravedo Guidino y otros;

Que, entre la República del Perú y la República de Sudáfrica no existe tratado bilateral de extradición; sin embargo, conforme al inciso 1) del artículo 508 del Código Procesal Penal, las relaciones de las autoridades peruanas con las extranjeras y con la Corte Penal Internacional en materia de cooperación judicial internacional se rigen por los Tratados Internacionales celebrados por el Perú y, en su defecto, por el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano sudafricano ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF GATE o ALAN MICHAEL AZIZOLLAHOFF a la República de Sudáfrica, formulada por el Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para el cumplimiento de condena por el delito de homicidio culposo por omisión impropia, en agravio de Vanessa Ximena Caravedo Guidino y otros; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Sudáfrica, conforme a la normativa interna aplicable al caso.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

FERNANDO R. CASTAÑEDA PORTOCARRERO

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Gustavo Meza-Cuadra V.

Ministro de Relaciones Exteriores

1859670-9