Aprueban el Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030
resolución ministerial
n° 077-2020-mc
Lima, 24 de febrero de 2020
VISTO, el Informe N° 000020-2020-DSPM-DFJ/MC mediante el cual la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial, elevó la propuesta final del Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos arqueológicos y testimonios de valor histórico expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Se encuentran protegidos por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomentando la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo;
Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5, la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y trasmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio;
Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 075/INC de fecha 15 de enero de 2008, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Chankillo, ubicada en el distrito y provincia de Casma, departamento de Áncash; la misma que fue modificada a través de la Resolución Viceministerial N° 220-2019-VMPCIC-MC de fecha 26 de noviembre de 2019 y la Resolución Viceministerial N° 019-2020-VMPCIC-MC de fecha 23 de enero de 2020;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 443/INC de fecha 04 de abril de 2007, se aprobó el “Esquema Referencial de presentación de Plan de Manejo del Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación”;
Que, el numeral 56.5 del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial es la unidad orgánica que tiene entre sus funciones, coordinar asesorar y evaluar la elaboración y actualización de los planes o sistemas de gestión de los sitios del Patrimonio Mundial y de los bienes de la lista indicativa y realizar su seguimiento y evaluación en coordinación con las áreas técnicas nacionales y regionales de la institución;
Que, mediante Informe N° 000034-2020-DSPM-DFJ/MC de fecha 20 de febrero de 2020 la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial eleva la propuesta del “Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030”, la misma que incorpora las recomendaciones de los órganos competentes, sobre la base de lo propuesto con el Memorando N° 900072-2018/DDC ANC/MC, de la Dirección Desconcentrada de Cultura Ancash;
Que, mediante Memorando N° 000017-2020-DGPA/MC de fecha 06 de enero de 2020, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, acompañó los Informes N° 000001-2020-DMO-CCM/MC y N° 000006-2020-DMO/MC de la Dirección de Gestión de Monumentos emitiendo opinión favorable respecto de la propuesta del Plan de Manejo;
Que, a través del Oficio N° 000052-2020-UF/MC de fecha 17 de febrero de 2020, la Unidad Ejecutora N° 008, comunicó a la Dirección General de Patrimonio Cultural, que el proyecto de inversión referido al “Mejoramiento y ampliación de los servicios de interpretación cultural del Complejo Arqueoastronómico Chankillo del distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash”, se encuentra registrado en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2020-2022, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 145-2019-MC; asimismo, debe tenerse presente que mediante correo electrónico de fecha 24 de febrero de 2020 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto precisa que dicho proyecto ha sido incluido en el Programa Multianual de Inversiones 2021-2023, aprobado por Resolución Ministerial N° 074-2020-MC, bajo la denominación “Creación de Servicios de Interpretación Cultural del Complejo Arqueo-Astronómico Chankillo Distrito de Casma – Provincia de Casma – Departamento de Ancash”;
Que, la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial a través del Informe N° 000020-2020-DSPM-DFJ/MC de fecha 19 de febrero de 2020, emite opinión favorable para la prosecución del trámite de aprobación del Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030;
Que, mediante Memorando N° 000112-2020-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe N° 000012-2020-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, en el que se indicó que la propuesta contiene las recomendaciones brindadas a través del Informe N° D000075-2019-OPL/MC, sugiriendo su aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030 que como documento anexo forma parte de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash la implementación de las acciones descritas en el Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030.
Artículo 3.- La Dirección General de Patrimonio Cultural a través de la Dirección de Sitios de Patrimonio Mundial, realizará en forma semestral el seguimiento y, en forma anual, la evaluación del Plan de Manejo del Observatorio Solar Chankillo: Gestión de un Paisaje Astronómico Antiguo en el Valle de Casma 2020-2030.
Artículo 4.- Publicar la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Sonia Guillén Oneeglio
Ministra de Cultura
1858838-1