Autorizan viaje de representantes de la Autoridad Nacional del Agua a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0074-2020-MINAGRI
Lima, 25 de febrero de 2020
VISTOS:
El Oficio Nº 082-2020-ANA-J/OAJ, del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, sobre autorización de viaje; y, el Informe Legal Nº 186-2020-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, modificado por Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, crea la Autoridad Nacional del Agua - ANA, como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para asegurar la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; conforme al artículo 14 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la ANA es el ente rector y la máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos;
Que, mediante OF.RE (DSL) Nº 2-9-C/21, de fecha 14 de febrero de 2020, la Dirección General de Soberanía Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú señala que con motivo del encuentro bilateral de alto nivel sostenido en la ciudad de Quito el 6 de febrero de 2020, entre las Autoridades del Agua de Perú y Ecuador para la adopción del Protocolo de Monitoreo de la Calidad del Agua de las Cuencas Hidrográficas Transfronterizas entre Perú y Ecuador, las partes se comprometieron a realizar una reunión técnica en la ciudad de Quito - Ecuador del 27 al 28 de febrero de 2020; para lo cual solicita la participación de funcionarios de la Autoridad Nacional del Agua - ANA;
Que, mediante el Oficio de Vistos, el Jefe de la ANA solicita autorizar la participación de los servidores de dicha institución en el mencionado evento, que permitirá elaborar de manera conjunta el Plan de Acción que involucra acciones de identificación in situ de actividades antropogénicas de impacto positivo y negativo en las nueve (9) Cuencas Transfronterizas entre el Perú y Ecuador, así como cumplir los compromisos asumidos en la reunión bilateral llevada en la ciudad de Quito - Ecuador el 6 de febrero de 2020;
Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorgará por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; asimismo, el artículo 4 dispone que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial El Peruano;
Que, los gastos que demande dicha participación, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA;
Que, es necesario autorizar la participación en el evento en mención del señor Eladio Máximo Ramón Núñez Peña, Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA y de la servidora de dicha institución, Flor de María Huamaní Alfaro, del 26 al 28 de febrero de 2020;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y sus modificatorias; y la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Eladio Máximo Ramón Núñez Peña, Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA y de la servidora de dicha institución Flor de María Huamaní Alfaro, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 26 al 28 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos: |
Viáticos US $ 370 x 3 días |
Pasajes aéreos US $ |
Total US $ |
Eladio Máximo Ramón Núñez Peña |
1 110.00 |
691.53 |
1 801.53 |
Flor de María Huamaní Alfaro |
1 110.00 |
691.53 |
1 801.53 |
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados citados en el artículo 1 precedente, deberán presentar ante este Despacho, un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego
1859071-1