Aprueban transferencia financiera a favor del SERNANP, para adquisición de vehículos y/o ejecución de inversiones
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 054-2020-MINCETUR
Lima, 21 de febrero de 2020
Visto, el Memorandum Nº 187-2020-MINCETUR/SG/OGPPD y los Informes Nos 080-2020-MINCETUR/SG/OGPPD y 112-2020-MINCETUR/SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial N.º 443-2019-MINCETUR, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el año fiscal 2020;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal w), del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N.º 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al MINCETUR, para que el presente ejercicio fiscal pueda realizar transferencias financieras, hasta por la suma de S/ 9 100 000,00 (NUEVE MILLONES CIEN MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), con la finalidad de que dichas entidades adquieran vehículos y/o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, destinados a la seguridad turística. Dichas transferencias financieras se financian con cargo al presupuesto institucional del MINCETUR, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de la citada norma, establece que las referidas transferencias financieras se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el diario oficial El Peruano, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR, en el marco de sus competencias, señala que se cuenta con disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 2 100 000,00 (DOS MILLONES CIEN MIL y 00/100 SOLES), para efectuar la transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), en el marco de lo establecido en el literal w), del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;
Que, con fecha 21 de febrero 2020, el MINCETUR y el SERNANP suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional que tiene por objeto establecer las condiciones y mecanismos para la trasferencia financiera autorizada por el citado Decreto de Urgencia, con la finalidad que se proceda con la adquisición de vehículos y/o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones destinados a la Seguridad Turística;
Que, en consecuencia, resulta pertinente que se proceda aprobar la transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), para los fines antes expuestos;
De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), por la suma de S/ 2 100 000,00 (DOS MILLONES CIEN MIL y 00/100 Soles), destinada a la adquisición de vehículos y/o ejecución de inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones destinados a la Seguridad Turística, de conformidad a la siguiente estructura de gastos:
Función |
03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia |
División Funcional |
011 Transferencia e Intermediación Financiera |
Grupo Funcional |
0019 Transferencias de carácter general |
Categoría Presupuestal |
9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos |
Actividad |
5001253 Transferencias de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión |
Secuencia Funcional |
0053 |
Grupo Genérico de Gasto |
2.4 Donaciones y Transferencia |
Clasificador |
242311 A otras unidades del Gobierno Nacional |
Fuente de Financiamiento |
09 Recursos Directamente Recaudados |
Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur).
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
1858371-1