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Aprueban el Programa Multianual de Inversiones 2021-2023 del Sector Interior

Aprueban el Programa Multianual de Inversiones 2021-2023 del Sector Interior

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 199-2020-IN

Lima, 21 de febrero de 2020

VISTOS, el Memorando Nº 000318-2020/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000084-2020/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y el Informe Nº 000337-2020/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se creó el referido Sistema Nacional con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, en adelante el Decreto Legislativo Nº 1252;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, el que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1252;

Que, el inciso a) del numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1252, señala que la Programación Multianual de Inversiones consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección tri - anual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo del Sector. Dicha programación se elabora en función de los objetivos nacionales, establecidos en el planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, estableciendo metas para el logro de dichos objetivos que permitan evaluar el avance respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios y la rendición de cuentas, constituye el marco de referencia orientador de la formulación presupuestaria anual de las inversiones;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252 establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladores y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, entre otros;

Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252 señala que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanza el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 y sus normas complementarias;

Que, el numeral 9.1 del articulo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, indica que el Organo Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector. Asimismo, en el ítem 1, del numeral 9.3 del citado artículo se dispone que, es función del Organo Resolutivo, aprobar el PMI del Sector, GR o GL así como las modificaciones de los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el Programa Multianual de Inversiones;

Que, literal 1 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, dispone que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, tiene, entre otras la función de elaborar el Programa Multianual de Inversiones del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones respectivas, así como los órganos que desarrollan las funciones de planeamiento estratégico y presupuesto y con las entidades y empresas públicas agrupadas al Sector;

Que, con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de enero de 2019, se aprobó la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como sus Anexos y Formatos;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Directiva establece que el Programa Multianual de Inversiones sectorial, regional y local es aprobado mediante la resolución o acto correspondiente por el Ministro Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el Gobernador Regional y por el Alcalde, respectivamente;

Que, numeral 16.4 del artículo 16 de la Directiva indica que las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones registran en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones del Banco de Inversiones el diagnóstico de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, cuando corresponda, lo criterios de priorización de inversiones, la cartera de inversiones y adjuntan el documento de aprobación del Programa Multianual de Inversiones, de acuerdo a los plazos establecido en el Anexo Nº 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones;

Que, mediante Hoja de Elevación Nº 00040-2020/IN/OGPP de fecha 19 de febrero de 2020, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicita la aprobación de la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones 2021-2023 del Sector Interior, para lo cual remite el Informe Nº 000080-2020/IMN/OGPP/OPMI, que contiene adjunto el Programa Multianual de Inversiones 2021-2023 del Sector Interior;

Que, el Informe Nº 000080-2020/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, concluye que la elaboración de la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones 2021-2023 del Sector Interior se ha realizado a partir de la información remitida por las Unidades Formuladoras y ejecutoras del Sector Interior y en cumplimiento de los lineamientos y plazos establecidos en la Directiva vigente;

Que, a través de Memorando Nº 000318-2020/IN/OGPP de fecha 21 de febrero de 2020, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite información complementaria, para lo cual remite adjunto el Informe Nº 000084-2020/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones;

Que, el Informe Nº 000084-2020/IN/OGPP/OPMI de fecha 21 de febrero de 2020, concluye que se ha cumplido con los plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones, según lo establecen los lineamientos e instructivos emitidos por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; Decreto Legislativo Nº 1432, que modifica e incorpora disposiciones al Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión pública, el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones 2021-2023 del Sector Interior, conforme al Anexo que forma parte integrante de la Presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución y su anexo en la página web institucional del Ministerio del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MORÁN SOTO

Ministro del Interior

1858498-1