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Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI a la Confederación Suiza en comisión de servicios

Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI a la Confederación Suiza, en comisión de servicios

resolución ministerial

nº 062-2020-pcm

Lima, 21 de febrero de 2020

VISTO:

El Oficio Nº 0043-2020-PRE/INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y,

CONSIDERANDO:

Que, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es el foro mundial relativo a servicios, políticas, cooperación e información en materia de propiedad intelectual, así como un organismo de las Naciones Unidas, autofinanciado, que cuenta con 191 Estados Miembros, que tiene como misión llevar la iniciativa en el desarrollo de un sistema internacional de propiedad intelectual equilibrado y eficaz, que permita la innovación y la creatividad en beneficio de todos;

Que, debido a que el mandato del actual Director General de la OMPI expirará el 30 de septiembre del 2020, la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, remitió la comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú al Presidente del Comité de Coordinación de la OMPI, proponiendo en nombre del Gobierno del Perú, al señor Ivo Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), como el candidato para la elección del próximo Director General de la OMPI;

Que, mediante Nota Circular C.N. 3955, el Presidente del Comité de Coordinación de la OMPI ha invitado a los Estados miembros a estar representados en la septuagésima séptima sesión del Comité, que se realizará del 4 al 6 de marzo del 2020, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; sesión en la que los Estados miembros emitirán su voto para la elección del nuevo Director General de la OMPI;

Que, debido a que el Perú, a través del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), es uno de los Estados miembros del OMPI, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Ivo Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, a fin que representando a la República del Perú, emita su voto para la elección del nuevo Director General de la OMPI;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos por el INDECOPI;

De conformidad con Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas el mediante Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; y, la Directiva Nº 001-2002-PCM, Directiva de Autorización de Viajes al Exterior, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 255- 2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 2 al 7 de marzo del 2020, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle:

Pasaje : US$ 2,030.00

Viáticos (US$ 540.00 x 1+3) : US$ 2,160.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS

Presidente del Consejo de Ministros

1858321-1