Disponen la publicación de la síntesis de la parte resolutiva de seis Resoluciones Jefaturales por las que se concluyeron procedimientos administrativos sancionadores contra organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera Anual 2018
RESOLUCIóN N° 000004-2020-SG/ONPE
Lima, 21 de febrero de 2020
VISTOS:
Las Resoluciones Jefaturales N.° 000045-2020-JN/ONPE; 000046-2020-JN/ONPE; 000047-2020-JN/ONPE; 000048-2020-JN/ONPE; 000058-2020-JN/ONPE y 000064-2020-JN/ONPE, mediante la cual la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales emitió la sanción a las Organizaciones Políticas “Movimiento Regional Sumate al Cambio”; “Movimiento Regional Huancavelica Sostenible”; “Movimiento Regional Vale Ancash”; “Movimiento Regional Yo Amo Arequipa”; “Movimiento Independiente Campesinos y Profesionales” y “Movimiento Independiente Obras Siempre Obras”, respectivamente; por haber incumplido con la presentación de la Información Financiera Anual 2018, conforme a lo previsto en el numeral 34.3 del artículo 34° de la Ley de Organizaciones Políticas – LOP.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 000194-2019-JN/ONPE, de fecha 10 de octubre de 2019, se autorizó a la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE- a publicar la síntesis de la parte resolutiva de los pronunciamientos finales en los procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra las organizaciones políticas por el incumplimiento de la presentación de la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual, con la finalidad de informar a la ciudadanía en general, los pronunciamientos de la ONPE, en ejercicio de su función de control y verificación de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas;
Que, con fecha 11 de octubre de 2019, la Secretaría General de ONPE emitió la Resolución N° 00012-2019-SG/ONPE, mediante la cual estableció los datos que deberá consignar la síntesis de las resoluciones jefaturales a las que se refiere la Resolución Jefatural N° 000194- 2019-JN/ONPE, así como la oportunidad de su publicación;
Que, a la fecha, existen un total de seis (06) resoluciones jefaturales que sancionaron en igual número de procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera Anual 2018; y que, en aplicación de la Resolución Jefatural N° 000194-2019-JN/ONPE, corresponde disponer se publique su síntesis, de manera conjunta, según el contenido previsto en la Resolución N° 000012-2019-SG/ONPE;
De conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 16° en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 000246-2019-JN/ONPE;
Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la publicación de la síntesis de la parte resolutiva de seis (06) resoluciones jefaturales por las que se concluyeron igual número de procedimientos administrativos sancionadores contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera Anual 2018, conforme al siguiente detalle:
Nombre de la Organización Política |
Número de Resolución Jefatural |
Fecha de la Resolución |
Decisión |
Cuantía de la sanción (de ser el caso) |
MOVIMIENTO REGIONAL SUMATE AL CAMBIO |
N.° 000045-2020-JN/ONPE |
07/02/2020 |
SANCION |
91.50 UIT |
MOVIMIENTO REGIONAL HUANCAVELICA SOSTENIBLE |
N.° 000046-2020-JN/ONPE |
07/02/2020 |
SANCION |
61 UIT |
MOVIMIENTO REGIONAL VALE ANCASH |
N.° 000047-2020-JN/ONPE |
07/02/2020 |
SANCION |
61 UIT |
MOVIMIENTO REGIONAL YO AMO AREQUIPA |
N.° 000048-2020-JN/ONPE |
07/02/2020 |
SANCION |
45.75 UIT |
MOVIMIENTO INDEPENDIENTE CAMPESINOS Y PROFESIONALES |
N.° 000058-2020-JN/ONPE |
17/02/2020 |
SANCION |
61 UIT |
MOVIMIENTO INDEPENDIENTE OBRAS SIEMPRE OBRAS |
N.° 000064-2020-JN/ONPE |
21/02/2020 |
SANCION |
61 UIT |
Artículo Segundo.- Precisar que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe.
Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (03) días posteriores a su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO ARMANDO ALIAGA GASTELUMENDI
Secretario General
1858206-1