Encargan la atención del Despacho Defensorial a la Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL
Nº 003-2020/DP
Lima, 20 de febrero de 2020
VISTOS:
El Memorando Nº 233-2020-DP/OGDH de la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano que adjunta el Memorando Nº 132-2020-DP/PAD y el correo electrónico de fecha 7 de febrero de 2020, mediante el cual se da cuenta que el Defensor del Pueblo ha sido invitado a la Reunión Anual de Alianza Global de Instituciones GANHRI 2020 por parte de la Sección de Instituciones Nacionales y Mecanismos Regionales de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), en su calidad de Secretaría del GANHRI, la misma que se llevará a cabo del 10 al 12 de marzo de 2020 en el Salón XIX del Palacio de las Naciones en Ginebra, Suiza, por lo que se solicita la emisión de la resolución que encargue la atención del Despacho Defensorial del 08 al 16 de marzo de 2020, inclusive; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, modificada por la Ley Nº 29882 y mediante Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones;
Que, de acuerdo a los documentos del Vistos, el Defensor del Pueblo ha sido invitado por la Secretaría del GANHRI a la Reunión Anual 2020 de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI 2020), para participar en las reuniones que se llevarán a cabo del 10 al 12 de marzo de 2020, sobre temas del Programa Oficial (Reunión del Buró de la GANHRI, Reuniones de Redes Regionales Asamblea General de la GANHRI, Conferencia Anual de la GANHRI en el tema de los derechos humanos y el Cambio Climático);
Que, resulta relevante la participación del Defensor del Pueblo en las indicadas actividades por tratarse de asuntos de interés vinculado a las funciones que la Constitución Política y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo le han encomendado;
Que, los gastos que irrogue la presente comisión serán financiados por la institución con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, conforme a lo informado por la Oficina de Administración y Finanzas de la Defensoría del Pueblo, mediante Memorando Nº 124-2020-DP/OAF;
Que, de otro lado, según el Memorando Nº 233-2020-DP/OGDH, el Defensor del Pueblo tomará licencia sin goce de remuneraciones del 13 al 16 de marzo de 2020;
Que, en consecuencia, conforme a lo establecido por el artìculo13º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP, a efectos de asegurar la continuidad de la gestión institucional resulta necesario encargar la atención del Despacho Defensorial a la Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 08 al 16 de marzo de 2020;
Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las oficinas de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 5º, 8º, 9º numeral 8) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, en concordancia con lo señalado por el literal d) del artículo 7º y el artículo 13º del Reglamento de Organización Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado pro Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán Zegarra de Belaúnde, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 08 al 16 de marzo de 2020, inclusive, y en tanto dure la ausencia del Titular de la Entidad.
Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), incluyendo la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUUA) que ocasione el viaje a que hace referencia en los considerandos de la presente resolución, por el periodo comprendido del 08 al 12 de marzo de 2020, que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Suiza, se efectuarán con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, según el detalle siguiente:
- Pasajes Internacionales: (Incluye I.G.V., T.U.U.A. y otros gastos) |
US$ |
3,853.25 |
- Viáticos Internacionales: (4 días x US$ 540) |
US$ |
2,160.00 |
- Viáticos por Gastos de Instalación: (1 día x US$ 540) |
US$ |
540.00 |
TOTAL |
US$ |
6,553.25 |
Artículo Tercero.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO
Defensor del Pueblo
1857559-1