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Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 071-2020-MC

Lima, 19 de febrero de 2020

VISTO; el Memorando N° 000102-2020-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial Nº 547-2019-MC de fecha 30 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, mediante el Oficio N° 002245-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Cultura se proceda a efectuar la transferencia financiera para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, indicando que el importe a transferir en el año 2019 correspondería al 50% de la retribución económica (incluido el IGV), del periodo auditado 2019; asimismo, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 para el otro 50%, en el marco de lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 30742, “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 507-2019-MC se autorizó la transferencia financiera del Pliego 003: Ministerio de Cultura, hasta por la suma de S/ 175 149,78 (Ciento setenta y cinco mil ciento cuarenta y nueve con 78/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General; para la contratación de la Sociedad de Auditoría por el periodo auditado 2019;

Que, mediante el Memorando N° 000102-2020-OGPP/MC la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000027-2020-OP/MC de la Oficina de Presupuesto, a través del cual informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, se cuenta con recursos disponibles que ascienden a la suma de S/ 145 547,00 (Ciento cuarenta y cinco mil quinientos cuarenta y siete con 00/100 Soles), en la meta presupuestaria con secuencia funcional 0142, correspondiente a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, para la contratación de la Sociedad de Auditoría por el periodo auditado 2019, en el marco de lo requerido en el Oficio N° 002245-2019-CG/DC; el mismo que es aprobado con la Certificación de Crédito Presupuestario, Nota N° 0000000860;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 003: Ministerio de Cultura, hasta por la suma de S/ 145 547,00 (Ciento cuarenta y cinco mil quinientos cuarenta y siete con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura - Administración General, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa Meta: 0142, específica de gasto 2.4.1 3.1 1 “A otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 145 547,00 (Ciento cuarenta y cinco mil quinientos cuarenta y siete con 00/100 Soles).

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación y difusión

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria su publicación en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SONIA GUILLÉN ONEEGLIO

Ministra de Cultura

1857523-1