Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Mi Perú para el año 2021

Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Mi Perú para el año 2021

ORDENANZA N° 043-MDMP

Mi Perú, 13 de febrero del 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE MI PERÚ

VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 001-2020-MDMP/CAP de la Comisión de Administración y Presupuesto, la Carta N° 023-2020-MDMP/SG de la Secretaría General, el Memorándum N° 060-2020-MDMP-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 017-2020/MDMP-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 004-2020-MDMP-GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, así como el Informe N° 002-2020-MDMP/GPPR-SGPPI de la Subgerencia de Planificación y Programación de Inversiones, en relación a la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 197° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680, señala que los gobiernos locales promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, asimismo el artículo 199° del indicado cuerpo legal señala que los gobiernos locales formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, el artículo 53° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Ley N° 27972, dispone que las municipalidades determinarán espacios de concertación adicionales a los previstos en la presente indicada ley y regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, modificada por la Ley Nº 29298, y su reglamento, aprobado mediante D.S. Nº142-2009-EF, establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación del Consejo de Coordinación Local y de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto municipal;

Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, el Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fin que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específicos que la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos;

Que, mediante Informe N° 004-2020-MDMP/GPPR la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización remite el Informe N° 002-2020-MDMP/GPPR-SGPPI de la Subgerencia de Planificación y Programa de Inversiones mediante el cual presenta la propuesta de ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021, cuyo objetivo es establecer las pautas y procedimientos que garanticen su adecuado desarrollo, asegurando la efectiva participación y reforzar la relación del gobierno local con las organizaciones de la sociedad civil y demás actores del desarrollo integral del distrito;

Que, mediante Informe Legal Nº 017-2020/MDMP-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la propuesta presentada se encuentra enmarcada en la normatividad vigente y glosada en los considerandos precedentes, en tal virtud opina de manera favorable para la aprobación de la propuesta de ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021;

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ordenanza QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE MI PERÚ PARA EL AÑO 2021

Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE MI PERÚ PARA EL AÑO 2021, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, Sub Gerencia de Planificación y Programación de Inversiones, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Obras Públicas, Gerencia de Desarrollo Humano, Social y Económico, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental y la Subgerencia de Estudios y Proyectos.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación del presente dispositivo y el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el Año 2021, en el Portal Institucional www.munimiperu.gob.pe

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA

Alcalde

1857169-1